Ayudas para el fomento de la silvicultura en bosques en el medio rural.- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S00719/16

Norma:

ORDEN de 28 de diciembre de 2015. ORDEN de 22 de enero de 2016. ORDEN de 12 de agosto de 2016.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de diciembre de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la silvicultura en bosques en el medio rural, en régimen de concurrencia competitiva, a través de dos líneas de ayuda.

Las líneas de ayuda objeto de subvención son las siguientes:

a) Línea I: Ayudas para realización de prácticas preventivas, de carácter local y a pequeña escala, que permita crear descontinuidades verticales y horizontales de la cubierta vegetal y el control selectivo de combustible, como son desbroces, clareos, claras y podas, con la finalidad de prevención de incendios.

b) Línea II: Ayudas para tratamientos silvícolas (claras, clareos, podas, talas de formación, desbroces, etc) y plantaciones puntuales de determinados árboles, directamente vinculados al incremento de los valores ecológicos de los bosques.

Un solicitante podrá solicitar una o varias líneas de ayuda si no coinciden en la misma superficie.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las sociedades de fomento forestal (Sofor), los propietarios particulares de forma individual, las sociedades o agrupaciones de propietarios particulares formalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Xunta de Galicia, las cooperativas agrarias, los proindivisos, los montes de varas, abertales, de voces, de vocerío y fabeo, las comunidades de bienes, las entidades locales, otras personas jurídicas y las comunidades de montes vecinales al contado común (CMVMC).

Los beneficiarios serán personas físicas o jurídicas que sean titulares de los terrenos objeto de la ayuda, entendiendo por titulares tanto a propietarios como arrendatarios o gestores. No se admite la cesión por partículo del propietario del terreno a un tercero.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 248
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/01/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: Anexos y Ampliación plazo solicitudes Descargar Documento
Boletín: 29/01/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 19
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 19/08/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 156
Documento: Ampliación plazo Descargar Documento