Ayudas para el fomento de la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en Galicia, financiadas con el instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI) en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014-2020.- Convocatoria 2023.

Código de ayuda:

S33073/23

Norma:

ORDEN de 11 de julio de 2023.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 28 de agosto de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la utilización de maquinaria agrícola en régimen asociativo en el marco del Programa de desarrollo rural (PDR) de Galicia 2014- 2020, financiadas con el instrumento de recuperación de la Unión Europea (EURI), con una participación del 100 % de fondos de la UE, dentro de la medida 4 Inversiones en activos físicos, submedida 4.18 Apoyo a las inversiones en las explotaciones agrícolas, así como convocarlas para el año 2023.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería del Medio Rural. (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la ayuda a conceder a cada beneficiario será del 35 % de los costes elegibles, pudiendo incrementarse hasta un máximo del 50 % en función de la aplicación de los siguientes criterios:

– 5 % en el caso de inversiones en zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas recogidas en el artículo 32 del Reglamento (UE) 1305/2013.

– 10 % en el caso de inversiones colectivas, cuando el beneficiario procede de una fusión de cooperativas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias

Detalle beneficiarios:

– Cooperativas agrarias

– Cooperativas de utilización de maquinaria en común (CUMA).

– Cooperativas de explotación comunitaria de la tierra de 5 o menos años de antigüedad.

– SAT procedente de fusión de, por lo menos, dos explotaciones, en los últimos 5 años naturales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las siguientes inversiones:

a) Maquinaria agrícola.

b) Estudios técnico-económicos de viabilidad.

No se subvencionarán:

a) La mera reposición o adquisición de maquinaria de segunda mano o usada.

b) El IVA y otros impuestos.

c) Las inversiones en maquinaria o equipos relacionados con la transformación y comercialización de productos agrarios o forestales, ni las máquinas de pequeña significación a los efectos del conjunto de los socios de la agrupación.

d) La maquinaria y los equipamientos de carácter forestal.

e) Cosechadoras de forrajes con uso previsto menor a 500 horas anuales.

f) La maquinaria de aplicación de purín mediante sistemas de plato, abanico o cañones.

Documentos asociados

Boletín: 26/07/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 141
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 26/07/2023
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 141
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento