Ayudas para el fomento de las agrupaciones de Entidades Locales para el sostenimiento en común del puesto de Secretaría e Intervención.- Modificación.

Código de ayuda:

S29655/05

Norma:

DECRETO 133/2005, de 24 de mayo. ORDEN de 22 de mayo de 2006. DECRETO 184/2010, de 3 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas por la Consejería de Desarrollo Rural, competente en materia de coordinación y cooperación con las entidades locales, en colaboración con las Diputaciones Provinciales de Badajoz y Cáceres, a las entidades locales para el mantenimiento en común del puesto de secretaría-intervención, así como para el sostenimiento en común de un puesto de trabajo con funciones de auxilio al puesto de secretaría-intervención agrupado, siendo la finalidad de dichas ayudas el fomento de las agrupaciones de entidades locales para prestar en común las funciones de secretaría e intervención que debe existir en todas las entidades locales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Desarrollo Rural (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas que, en su caso se concedan, no podrán superar el 50% del coste del puesto de trabajo agrupado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las siguientes Entidades:
a) Las Agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención.
b) Las Entidades Locales que se encuentren en proceso de constituir Agrupación para el mantenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, que tengan aprobados los Estatutos, por los respectivos plenos, y hayan remitido el correspondiente expediente a la Dirección General de Administración Local de la Junta de Extremadura, antes de la fecha en que se termine el plazo de presentación de solicitudes.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La financiación de operaciones corrientes, del ejercicio económico a que se refiera cada convocatoria, necesarias para la prestación en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, al objeto de su incentivación.

En consecuencia sólo podrán ser beneficiarios de la subvención las entidades locales que costeen, de forma agrupada y como puesto de trabajo independiente, el puesto de secretario-interventor de una agrupación, o del puesto de trabajo con funciones de auxilio al puesto de secretaría-intervención agrupado, durante el ejercicio económico establecido en cada Orden de convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 62
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/06/2006
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 64
Documento: Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/09/2010
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 175
Documento: Modificación Descargar Documento