Ayudas para el fomento de sistemas de produccion ganaderos con razas ganaderas autoctonas en explotaciones de Cantabria.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S14273/13Norma:
Orden GAN/29/2013, de 19 de abril.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 07/06/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de sistemas de producción ganaderos con razas autóctonas compatibles con los recursos naturales disponibles, a través de la utilización racional de los mismos en las explotaciones de la Comunidad Autónoma de Cantabria, con la finalidad de obtener productos de calidad y conseguir una mejora de nuestra cabaña ganadera y aprobar la convocatoria para la anualidad del 2013, de conformidad con el Real Decreto 1724/2007, de 21 de diciembre, que establece las bases reguladoras de las subvenciones destinadas al fomento de sistemas de producción de razas ganaderas autóctonas en regímenes extensivos.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Desarrollo Rural, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía de las ayudas será de 100,00 € por UGM de animal reproductor reconocido como de raza autóctona española de fomento que esté inscrito en el libro genealógico, y de 130,00 € por UGM de animal reproductor que esté inscrito en el libro genealógico de raza autóctona española en peligro de extinción, no pudiendo ser superior a 6.000,00 € por explotación ganadera. Las cuantías de ayuda establecidas podrán incrementarse en un 20 % cuando la explotación ganadera este incluida en un sistema de calidad diferenciada agroalimentaria.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Cualquier persona física jurídica, incluyendo Sociedades Cooperativas y Sociedades Agrarias de transformación (SAT), que sean titulares de una explotación ganadera, sita en Cantabria y registrada conforme a lo dispuesto en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, cuya actividad se corresponde con lo contemplado en el artículo 4.1 de la presente Orden.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Podrán ser objeto de subvención las explotaciones ganaderas que cuenten con animalesreproductores pertenecientes a razas autóctonas y estén orientadas a la consecución de una
producción ganadera que:
a) Promueva a la conservación y mejora del medio ambiente y el entorno rural.
b) Provea a la conservación y mejora de la raza ganadera autóctona explotada.
c) Se realice en adecuadas condiciones de higiene y bienestar animal.
d) Garantice una sanidad animal adecuada y una alimentación del ganado fundamentada en recursos naturales.
Documentos asociados
Boletín:
16/01/2008
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 14
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
07/05/2013
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 85
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
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