Ayudas para el fomento del empleo y de la actividad empresarial para el año 2014.

Código de ayuda:

S52364/14

Norma:

Torre Pacheco, 3 de noviembre de 2014.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 09/12/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria para el año 2014 de las ayudas para el Fomento del Empleo y de la Actividad Empresarial.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Ayuntamiento de Torre Pacheco (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Programa I: Para los contratos indefinidos la cuantía de la ayuda será de 1.000 euros por contrato de trabajo realizado, hasta un máximo de dos contratos indefinidos. Para los contratos temporales la cuantía de esta ayuda será de 300 euros por contrato temporal de 6 meses y de 600 euros por contrato temporal de 1 año a razón de 50 euros por mes adicional a los seis meses de contrato temporal mínimo.

En cualquier de los casos la cuantía máxima de ayuda para este programa será de 2.000 euros.

Programa II: La cuantía de la ayuda será del 30% del total de la inversión o gasto realizado, hasta un máximo de 1.200 euros. Serán beneficiarios los establecimientos que tengan una superficie útil de exposición y venta al público que no sea superior a 300 metros cuadrados. Será requisito que la actividad de la empresa sea el comercio o la hostelería y tenga una antigüedad de más de un año, que deberá acreditarse documentalmente con la correspondiente declaración censal y alta en IAE.

Programa III: La cuantía de la ayuda será del 20% del total de la inversión o gasto realizado, hasta un máximo de 1.200,00 euros.

Programa IV: Ayuda del 50% del recibo de Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI), hasta un máximo de 300 euros, en el caso de desarrollar una actividad empresarial o comercial en un local propio en el término municipal.

Gastos de primer establecimiento, consistente en gastos de notaría, registro, trámites administrativos, licencias y tasas; así como cualquier otro gasto de asesoría, consultoría o gestoría necesarios para el inicio de la actividad empresarial o comercial. Se subvencionará el 30% de los gastos de primer establecimiento hasta un máximo de 600 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas que tengan establecidos sus centros de trabajo en el término municipal de Torre Pacheco.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Programa I. Ayudas al Fomento del Empleo. Es objeto de subvención la contratación laboral, indefinida o temporal con duración mínima de 6 meses, a jornada completa de personas que previamente se encuentren en situación de desempleo e inscritas como demandantes de empleo en el Servicio de Empleo y Formación. Los contratos de trabajo deberán estar realizados en el año 2014.

Programa II. Ayudas para la modernización del comercio y la hostelería. Estas ayudas tendrán como finalidad la modernización del comercio y de la hostelería ya existente y que tengan una antigüedad de más de un año.

Programa III. Ayudas a la creación, innovación y mejora de la competitividad en pequeñas empresas. Este tipo de ayudas están dirigidas a subvencionar inversiones y gastos para promover la creación de empresas, la innovación y la mejora de la competitividad en pequeñas empresas del municipio de Torre Pacheco.

Programa IV. Ayudas para la instalación de empresas. Estas ayudas están dirigidas a subvencionar gastos de empresas de nueva creación constituidas en el año 2014, siendo objeto de ayuda el alquiler de locales para el desarrollo de una actividad empresarial o comercial, ayuda del 50% del Impuesto de Bienes Inmuebles para el caso de local propio y ayuda para gastos de primer establecimiento.

Requisitos:

Deberá tratarse de empresarios autónomos y pequeñas y medianas empresas, que reúnan los requisitos de microempresas (PYMES, según Comisión Europea 2003/361/CE, deben tener menos de 10 trabajadores y volumen de negocio anual no superar 2 millones de euros).

Documentos asociados

Boletín: 26/11/2014
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 273
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento