Ayudas para el fomento y apoyo de la actividad comercial en la Comunidad Autonoma de Extremadura en el ejercicio 2009.

Código de ayuda:

S04528/09

Norma:

ORDEN de 23 de diciembre de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 23/02/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mediante la presente Orden se realiza la convocatoria, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio 2009, de las siguientes líneas y modalidades de ayudas contenidas en el Decreto 38/2007, de 6 de marzo, de Fomento y Apoyo de la Actividad Comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura:

a) Apoyo a la expansión del comercio asociado regional (artículo 25).

b) Modernización del comercio tradicional independiente (artículo 26).

c) Ayudas para la incorporación de la pequeña y mediana empresa comercial a la distribución organizada (artículo 27).

d) Ayudas para la implantación de comercios rurales de servicios básicos (artículo 30).

e) Ayudas a las asociaciones de comerciantes para la realización de acciones de animación comercial y otros proyectos funcionales colectivos de carácter sectorial y espacial (artículo 35).

f) Ayudas a las organizaciones interempresariales de carácter comercial para la mejora de gestión integrada (artículo 37).

g) Ayudas para la implantación de la Norma UNE 175001 “Calidad de Servicio para Pequeño Comercio” (artículo 39).

h) Ayudas para la creación y desarrollo de proyectos de franquicia (artículo 41).

i) Ayudas para la promoción comercial de las franquicias (artículo 42).

j) Ayudas para la realización de actividades de formación comercial (artículo 44).

k) Ayudas para el desarrollo de proyectos de comercio electrónico (artículo 46).

Las bases reguladoras de estas ayudas están fijadas en el Decreto 38/2007, de 6 de marzo, de Fomento y Apoyo de la Actividad Comercial en la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Categorías Subvención

  • Comercio

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía, Comercio e Innovación (Extremadura)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en el presente Decreto las personas físicas o jurídicas que cumplan las condiciones previstas para ser beneficiario en cada una de las modalidades de ayudas establecidas, pudiendo ostentar también esta condición las comunidades de bienes y otras agrupaciones
sin personalidad jurídica propia.

Para ostentar la condición de beneficiario habrán de tener su domicilio social en la Comunidad Autónoma de Extremadura y desarrollar su actividad dentro de ésta.

Además, los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 13/03/2007
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 30
Documento: Decreto 38/2007 (Bases) Descargar Documento
Boletín: 23/01/2009
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 15
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento