Ayudas para el fomento y la consolidacion de las asociaciones de cooperativas y de sociedades laborales.- Convocatoria 2013.
Código de ayuda:
S11973/11Norma:
Orden de 25 de febrero de 2011. ORDEN de 30 de diciembre de 2011. ORDEN de 3 de abril de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/05/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
La convocatoria de las ayudas para el fomento y consolidación de las asociaciones de cooperativas y sociedades laborales, en régimen de concurrencia competitiva, para el ejercicio presupuestario de 2013.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Cooperación empresarial
- Empleo
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
1. La cuantía de las ayudas previstas no podrá superar el 80 % de los gastos necesarios para la realización de las actividades, que podrán contar, así mismo, con otras financiaciones sin que en ningún caso excedan de la cuantía realmente justificada y no aportada por la Xunta de Galicia.2. La cuantía máxima de la subvención no podrá exceder de ochenta mil euros (80.000 €) por beneficiaria para la modalidad de actividades de promoción del cooperativismo y economía social, de cien mil euros (100.000 €) por beneficiaria para la modalidad de actividades en red, y de ciento cincuenta mil euros (150.000 €) por beneficiaria para la modalidad de gastos normales de funcionamiento.
3. Se establecen, así mismo, los siguientes límites de inversión subvencionable para las
actividades que se indican a continuación:
a) Actividades divulgativas y formativas de duración igual o inferior a 10 horas: hasta un
máximo de dos mil euros (2.000 €).
b) Actividades divulgativas y formativas de duración superior a 10 horas: el límite será la cuantía resultante de multiplicar el número de horas de duración efectiva por doscientos euros (200 €), hasta un máximo de cuatro mil euros (4.000 €).
c) Asesoramiento a emprendedores y público en general: hasta un máximo de veinte euros (20 €) por hora de atención y veinte mil euros (20.000 €) por beneficiaria.
d) Asistencia a ferias, muestras y congresos hasta un máximo de tres mil euros (3.000 €) por beneficiaria.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
Detalle beneficiarios:
Las asociaciones de cooperativas con actividad acreditada y debidamente inscritas en el Registro Central de Cooperativas de Galicia, dependiente de la Consellería de Trabajo y Bienestar, así como las asociaciones de sociedades laborales debidamente inscritas y con actividad acreditada.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se establecen tres modalidades de ayuda:A- Gastos normales de funcionamiento.
B- Actividades de promoción del cooperativismo y economía social.
C- Actividades en red.
A- Podrán ser subvencionables los gastos normales de funcionamiento que se indican:
a) Alquileres y gastos de mantenimiento de locales y equipos.
b) Gastos de personal.
c) Gastos de comunicaciones (teléfono, internet, correo, mensajería y similares), material de oficina y
publicaciones diversas.
d) Mantenimiento de la página web de la asociación.
e) Cuotas asociativas a entidades de intercooperación de ámbito superior a la Comunidad Autónoma
gallega.
f) Gastos de representación y participación en congresos, seminarios, jornadas y similares.
g) Celebración de asambleas y reuniones.
h) Servicios profesionales.
B- Como actividades de promoción del cooperativismo y la economía social, podrán ser objeto de subvención las siguientes:
a) Organización de cursos, jornadas, conferencias y simposios.
b) Elaboración, publicación y difusión de estudios, informes, trabajos de investigación, manuales y folletos
divulgativos, inéditos.
C- En la modalidad de actividades en red, podrán ser subvencionables las actividades de carácter
informativo, formativo o de asesoramiento, especialmente encaminadas a fomentar el emprendimiento
cooperativo y la economía social, a través de la Red de Centros de Desarrollo. Estas actividades se realizarán de forma coordinada con la Dirección General de Relaciones Laborales y las demás asociaciones
que resulten beneficiarias de las ayudas en este apartado.
Las actividades se realizarán fundamentalmente en las instalaciones que conformen la Red de Centros de Desarrollo Cooperativo y de Economía Social A título orientativo las actividades podrán consistir en:
a) Realización de charlas divulgativas, visitas formativas, cursos y jornadas.
b) Asesoramiento a emprendedores y público en general.
c) Elaboración y publicación de estudios y materiales divulgativos inéditos, que contribuyan a la potenciación de las actividades de la red de centros.
c) Elaboración de proyectos de intercooperación e integración.
d) Asistencia a ferias, muestras y congresos.
e) Realización de procesos formativos de personal responsable de tutorías, especializado en el asesoramiento y acompañamiento de proyectos.
f) Cualquier otra acción promocional que fomente el cooperativismo.
Requisitos:
Para ser beneficiarias, las entidades deberán estar al día en el cumplimiento de los deberes referidos al depósito de documentos e inscripción de acuerdos en los registros competentes.Documentos asociados
Boletín:
08/03/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
18/01/2012
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Modificación y Convocatoria 2012. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 12
Documento: Modificación y Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín:
10/04/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 69
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 69
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento