Ayudas para el pago de las tasas de basura e IBI de la vivienda habitual.- Convocatoria 2014.
Código de ayuda:
S15400/14Norma:
Valls, 9 d'abril de 2014. Valls, 26 de març de 2014.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/05/2014Finalidad u objetivo de la ayuda:
El regular la concesión de ayudas para hacer frente al pago de las tasas correspondientes a la recogida de basuras y del IBI de la vivienda habitual.Categorías Subvención
Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Valls (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Concesión de ayudas para el pago de tasas de basura:Ingresos de la unidad familiar - núcleo de convivencia Subvención
Nivel de ingresos inferiores al 80% del índice de referencia 100%
Nivel de ingresos inferiores entre el 81% y el 90% del índice de referencia 65%
Nivel de ingresos inferiores entre el 91% y el 100% del índice de referencia 35%
Concesión de ayudas para el pago de la tasa del IBI
Ingresos de la unidad familiar - núcleo de convivencia Subvención:
Nivel de ingresos inferiores del índice de referencia 25%
Nivel de ingresos inferiores del índice de referencia y condición de familia monoparental 50%
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El pago de las tasas correspondientes a la recogida de basuras y del IBI de la vivienda habitual.Requisitos:
La unidad familiar de la persona solicitante no podrá superar los ingresos establecidos, utilizándose como referencia el indicador público del Salario Mínimo Interprofesional ( SMI ) fin chat anualmente. Este índice se incrementará en un 15% por cada miembro adicional de la unidad familiar - núcleo de convivencia .No disponer de bienes inmuebles distintos a la vivienda habitual , hacia los que se disponga de derecho de propiedad , posesión o usufructo ; salvo situaciones acreditadas de separaciones matrimoniales o divorcio , u otras circunstancias análogas , en la que se haya asignado judicialmente el derecho de uso y disfrute de la vivienda familiar al otro cónyuge o pareja ; ni rentas de actividad económica , ni de capital que proporcionen recursos alternativos sufi cientes para atender la necesidad para la que se solicita la ayuda.
No tener acceso a prestaciones económicas otorgadas por otras administraciones que puedan cubrir la necesidad surgida .
Para acceder a las ayudas por IBI , será necesario que el solicitante sea , a la vez , el titular de la vivienda .
Documentos asociados
Boletín:
01/04/2014
BO Provincia de Tarragona- Nº 76
Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
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Documento: Bases y Convocatoria 2014. Descargar Documento
Boletín:
17/04/2014
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6606
Documento: Anuncio. Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 6606
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