Ayudas para el personal al servicio del Ente Publico de Servicios Tributarios del Principado de Asturias con hijos e hijas con discapacidad.

Código de ayuda:

S49819/08

Norma:

Resolucion de 23 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 12/09/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas económicas al personal de la Administración del Principado de Asturias que tenga hijos e hijas a quienes les afecte una discapacidad que requiera una atención especial y formen parte de su unidad familiar.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Bienestar Social y Vivienda (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

— Grado de discapacidad entre el 33 y el 64%: 1.500 euros.
— Grado de discapacidad entre el 65 y el 74%: 2.000 euros.
— Grado de discapacidad igual o superior al 75%: 2.400 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Aquel personal del Ente Público Servicios Tributarios del Principado de Asturias, cuyos hijos e hijas dependiendo económicamente de la persona solicitante se hallen afectados o afectadas de una discapacidad
física, psíquica o sensorial que requiera una atención especial.

Requisitos:

El personal solicitante ha de encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

a) El personal perteneciente o adscrito al Ente Público Servicios Tributarios del Principado de Asturias vinculado al mismo por una relación de empleo de carácter permanente, entendiéndose por tal la del personal funcionario de carrera, laboral por tiempo indefinido, y laboral fijo a tiempo parcial, que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento durante el plazo de presentación de las solicitudes, o que haya causado baja por jubilación durante el curso académico 2007/2008, así como quienes se encuentren en situación de excedencia por cuidado de hijo/hija o familiar, o en situación
de incapacidad temporal.

Si entre el personal mencionado en el párrafo anterior se hubiese producido algún traslado a la Administración del Principado de Asturias o a un organismo de la misma y, una vez convocadas las ayudas correspondientes a esa Administración u organismo, dicho personal no reúne los requisitos para poder acceder a las mismas, podrá solicitar la ayuda en esta convocatoria siempre que acredite entre el 1 de septiembre de 2007 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, un mínimo de 3 meses de servicios.

b) El personal jubilado parcialmente y que se encuentre en situación de servicio activo en algún momento entre el 1 de septiembre de 2007 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, o esté en situación de incapacidad temporal.

c) El personal temporal que entre el 1 de septiembre de 2007 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes, haya prestado un mínimo de 6 meses de servicios. Los servicios que se tendrán en cuenta serán los que hayan sido prestados en el ámbito de esta convocatoria.

d) El personal temporal con contrato a tiempo parcial, que aún no reuniendo el período de seis meses efectivamente trabajados, su contrato tenga una antigüedad de un año a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

e) El personal funcionario de carrera, laboral por tiempo indefinido, y laboral fijo a tiempo parcial, que se encuentren en situación de excedencia por incompatibilidad por desempeño de otro puesto de trabajo como personal temporal en la Administración del Principado de Asturias en el ámbito de esta convocatoria.
f) En el supuesto de que dentro del personal mencionado en los apartados anteriores, durante el curso 2007/2008 se hubiese producido algún fallecimiento, podrán solicitar la ayuda los descendientes en primer grado mayores de edad o, en su caso, sus representantes legales si fuesen menores de edad.

Documentos asociados

Boletín: 07/07/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 157
Documento: Convocatoria 2008, Bases Reguladoras y Anexos Descargar Documento