Ayudas para empresarios destinadas a paliar el riesgo de exclusión social por razón económica y potencial de desempleo producido como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Código de ayuda:

S19400/20

Plazo de Solicitud:

Hasta el 3 de junio de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 8.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de la convocatoria es otorgar ayudas a empresarios destinadas a paliar el riesgo de exclusión social por razón económica y potencial de desempleo que se ha producido como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19 que ha llevado al cese de actividad total o parcial de muchos negocios, coadyuvar a evitar la desaparición de los autónomos como autoempleados y fomentar que las empresas y empresarios del
municipio puedan continuar con las relaciones laborales de sus empleados una vez superada la crisis y retomada la actividad.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se concederá una cuantía fija individual, conforme a los siguientes tramos dependiendo del número de trabajadores del solicitante:

— Empresario autónomo individual y/o empresas con hasta dos trabajadores: 3.000 euros.

— Empresario autónomo y/o empresas entre tres y nueve trabajadores: 5.000 euros.

— Empresario autónomo y empresas con diez o más trabajadores: 8.000 euros.

A efectos de esta convocatoria, se considerará que integran la plantilla del autónomo:

— El autoempleo del autónomo que solicita la ayuda.

— Los trabajadores por cuenta ajena.

— A los autónomos colaboradores, siempre que esté oportunamente acreditado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los que cumplan los requisitos.

Requisitos:

— Que tengan su domicilio fiscal en Pozuelo de Alarcón.

— Que el local o establecimiento minorista obligado al cierre se encuentre ubicado en el término municipal de Pozuelo de Alarcón.

— Que, en el momento de solicitar la ayuda, no hayan cesado definitivamente en su actividad.

— Que se hayan visto obligados a la suspensión de la actividad presencial o de apertura al público como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas modificaciones y prórrogas, en su caso.

— Que el importe neto de cifra de negocios anual no supere la cantidad de 2.000.000 de euros, relativo al ejercicio fiscal 2019.

— Estar registrado en el Directorio General de Empresas y Comercios de Pozuelo de Alarcón/Pozuelo Abierto.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 20/05/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento