Ayudas para empresarios destinadas a paliar el riesgo de exclusión social por razón económica y potencial de desempleo producido como consecuencia de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
Código de ayuda:
S19400/20Plazo de Solicitud:
Hasta el 3 de junio de 2020.¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Aproximadamente 8.000 €
Finalidad u objetivo de la ayuda:
El objeto de la convocatoria es otorgar ayudas a empresarios destinadas a paliar el riesgo de exclusión social por razón económica y potencial de desempleo que se ha producido como consecuencia de la crisis sanitaria del COVID-19 que ha llevado al cese de actividad total o parcial de muchos negocios, coadyuvar a evitar la desaparición de los autónomos como autoempleados y fomentar que las empresas y empresarios delmunicipio puedan continuar con las relaciones laborales de sus empleados una vez superada la crisis y retomada la actividad.
Categorías Subvención
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón (Comunidad de Madrid)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Se concederá una cuantía fija individual, conforme a los siguientes tramos dependiendo del número de trabajadores del solicitante:— Empresario autónomo individual y/o empresas con hasta dos trabajadores: 3.000 euros.
— Empresario autónomo y/o empresas entre tres y nueve trabajadores: 5.000 euros.
— Empresario autónomo y empresas con diez o más trabajadores: 8.000 euros.
A efectos de esta convocatoria, se considerará que integran la plantilla del autónomo:
— El autoempleo del autónomo que solicita la ayuda.
— Los trabajadores por cuenta ajena.
— A los autónomos colaboradores, siempre que esté oportunamente acreditado.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.Requisitos:
— Que tengan su domicilio fiscal en Pozuelo de Alarcón.— Que el local o establecimiento minorista obligado al cierre se encuentre ubicado en el término municipal de Pozuelo de Alarcón.
— Que, en el momento de solicitar la ayuda, no hayan cesado definitivamente en su actividad.
— Que se hayan visto obligados a la suspensión de la actividad presencial o de apertura al público como consecuencia de la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, y sus sucesivas modificaciones y prórrogas, en su caso.
— Que el importe neto de cifra de negocios anual no supere la cantidad de 2.000.000 de euros, relativo al ejercicio fiscal 2019.
— Estar registrado en el Directorio General de Empresas y Comercios de Pozuelo de Alarcón/Pozuelo Abierto.
Documentos asociados
Boletín:
20/05/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
20/05/2020
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 120
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento