Ayudas para equipamiento de espacios exteriores en establecimientos turisticos de restauracion de la Comunidad de Madrid - Convocatoria 2010.- Modificación.

Código de ayuda:

S25819/10

Norma:

ORDEN de 22 de marzo de 2010. ORDEN de 9 de diciembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 21/05/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejorar la calidad de los establecimientos turísticos de restauración, a través de proyectos de equipamiento de elementos mobiliarios externos y de climatizacióne iluminación en zonas exteriores utilizados por los establecimientos turísticos de restauración.

Las ayudas estarán dirigidas a:

a) Instalación o sustitución de elementos mobiliarios externos del establecimiento, tales como mesas, sillas, sombrillas, toldos, jardineras o similares.

b) Instalación de elementos de climatización externos del establecimiento, que permitan una adecuada utilización del espacio a lo largo del año.

c) Instalación de sistemas de iluminación en zonas exteriores.

Categorías Subvención

  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Economía y Hacienda (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la cuantía de la ayuda será del 40 por 100 del proyecto estimado como subvencionable.

La cuantía máxima a conceder por beneficiario no podrá superar el importe de 6.000 euros.

La cuantía de la subvención finalmente abonada será calculada en función de la justificación aportada, de tal forma que el importe de esta deberá ponderarse con la actuación proyectada o los gastos efectuados en el período subvencionable, en su caso, reduciéndose la cuantía de la ayuda en función de la justificación presentada, en caso de ser esta inferior a la del proyecto elegido como subvencionable.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las pequeñas y medianas empresas y empresarios individuales del sector turístico.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Instalación o sustitución de elementosmobiliarios externos de establecimiento, tales como mesas, sillas, sombrillas, toldos, o similares, así como elementos de embellecimiento tales como jardineras o maceteros.

b) Instalación de elementos de climatización externos del establecimiento, que permitan una adecuada utilización del espacio a lo largo del año.

c) Instalación de sistemas de iluminación externos.

Requisitos:

a) Que desarrollen la Actividad de Restauración, de acuerdo con lo establecido en la Ley 1/1999, de 12 de marzo, de Ordenación del Turismo de la Comunidad de Madrid.

a.1) A los efectos de esta Ley, se considera Actividad de Restauración la ejercida en aquellos establecimientos abiertos al público que se dedican a servir profesionalmente y habitualmente, de modo permanente o temporal, mediante precio comidas y bebidas, preferentemente para su consumo en el
mismo local. Quedan, asimismo, sujetas a la dicha Ley las empresas que ejercen la actividad de restauración mediante la elaboración de comidas para su consumo fuera del establecimiento elaborador.

a.2) Quedan excluidos de la presente Orden la restauración social colectiva, entendida como prestación de servicios de restauración en comedores de carácter asistencial, institucional, social, laboral y en cualesquiera otros destinados a contingencias particulares y no al público en general.

a.3) Quedarán incluidos los establecimientos de restauración que revistan las siguientes modalidades:

1) Restaurantes.
2) Cafeterías, bares y similares.

b) Que los establecimientos turísticos se encuentren inscritos en el Registro General de Empresas y Entidades Turísticas de la Comunidad de Madrid si su inscripciónse ha realizado con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 8/2009, de 21 de diciembre, de Medidas Liberalizadoras y de Apoyo a la Empresa Madrileña; o bien, haber presentado la declaración responsable que dicha Ley establece.

Documentos asociados

Boletín: 21/04/2010
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 94
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/01/2011
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 25
Documento: Modificación. Descargar Documento