Ayudas para estudiantes universitarios de las comarcas de L’Alt Pirineu, La Val d’Aran y El Solsonès (APA).
Código de ayuda:
S33900/19Norma:
RESOLUCIÓN EMC/1394/2019, de 21 de mayo. RESOLUCIÓN EMC/1553/2019, de 31 de mayo. RESOLUCIÓN EMC/2240/2020, de 2 de septiembre.Plazo de Solicitud:
Hasta el 12 de julio de 2019.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Conceder ayudas para la movilidad comarcal a las familias residentes en las comarcas del ámbito de L'AltPirineu, La Val d'Aran y El Solsonès (APA), en las que alguno de sus miembros esté matriculado en una
universidad del sistema universitario de Cataluña en el curso académico para el que se solicita la ayuda.
La movilidad se entiende como desplazamiento y alojamiento fuera de la comarca donde se tiene la residencia familiar. Las familias susceptibles de recibir las ayudas deben residir en una de las siguientes comarcas:
L'Alt Urgell
L'Alta Ribagorça
La Cerdanya
El Pallars Jussà
El Pallars Sobirà
El Solsonès
La Val d'Aran.
Categorías Subvención
- Becas
- Educación y Ciencia
Localización del organismo gestor
Cataluña
Convoca:
Departamento de Empresa y Conocimiento (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de la ayuda es de 2.000,00 (dos mil) euros, de acuerdo con las disponibilidadespresupuestarias.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.Requisitos:
1. Tener la ciudadanía de cualquier estado miembro de la Unión Europea. En el caso del alumnado no comunitario, será de aplicación lo dispuesto en la Ley orgánica 2/2009, de 11 de diciembre, de reforma de la Ley orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y suintegración social, y, por lo tanto, se requiere que el estudiantado mayor de 18 años se encuentre en situación de residencia.
2. Residir en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 en las fechas previstas en la convocatoria correspondiente. Para acreditar esta circunstancia, debe presentarse un certificado municipal de convivencia en que conste la fecha de alta en el padrón de la persona solicitante en un municipio de las comarcas mencionadas. Excepcionalmente, en caso de haberse empadronado en una fecha posterior a la prevista por la convocatoria, la persona solicitante podrá beneficiarse de estas ayudas siempre que acredite fehacientemente la residencia en una de las siete comarcas mencionadas en la base 1 en el momento de presentar la solicitud.
Para demostrar este último hecho y aplicar la excepcionalidad, deberá presentarse, además del certificado de convivencia, la documentación acreditativa del centro docente de las comarcas de L'Alt Pirineu, La Val d'Aran y El Solsonès donde la persona solicitante estudió el curso inmediatamente anterior al curso para el que se solicita la ayuda o cualquier otra documentación acreditativa de esta circunstancia.
Documentos asociados
Boletín:
24/05/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7882
Documento: Bases específicas 2019 Descargar Documento
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Boletín:
12/06/2019
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7895
Documento: Convocatoria 2019 Descargar Documento
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Boletín:
21/09/2020
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8229
Documento: Ampliación presupuesto Descargar Documento
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