Ayudas para favorecer la conciliacion de la vida personal y laboral, con cargo al Eje 2, Tema 69 al amparo del Programa Operativo del FSE periodo 2007- 2013.
Código de ayuda:
S01782/13Norma:
En Ceuta, a 9 de enero de 2013.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las condiciones que han de regir el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones destinadas a mejorar el acceso de la mujer al mercado laboral, a fin de reducir la segregación sexista en materia de empleo y reconciliación de la vida laboral y familiar, facilitando el acceso a los servicios de cuidado y atención de niños/as.Categorías Subvención
- Empleo
- Formación
Localización del organismo gestor
Ceuta
Convoca:
Ciudad Autonoma de Ceuta (Ceuta)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Los/as beneficiarios/as de las ayudas financieras contempladas por la Medida, cofinanciada por la Ciudad Autónoma de Ceuta –en un 20%- y por el Fondo Social Europeo –en un 80%- no podrán superar, en ningún caso, la cuantía estipulada para Actuaciones acogidas al Régimen de Mínimis (200.000 € en el período de tres ejercicios fiscales), según lo dispuesto en el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Comisión, de 15 de diciembre, relativo a la aplicación de los artículos 87 y 88 del Tratado CE a las ayudas mínimis.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas que participen en un proceso de actuaciones tendentes a su integración en el mercado laboral a través de la formación y en último extremo fomentando su inserción social a través de todo tipo de mecanismos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de guardería de hijos/as a cargo de la persona solicitante, en los que deba incurrir al estar inmersa en un proceso de adquisición de habilidades sociales, preelaborales, formativo, itinerario laboral, etc que tengan como finalidad su inserción en el mercado laboral, siempre que la persona solicitante esté en situación de desempleo y cursando las acciones antes señaladas para incorporarse el mercado laboral y que pueda acreditarlo documentalmente.Requisitos:
Deberán ser personas nacionales y extrajeras con residencia legal en Ceuta que tenga a su cargo hijos/as menores.Documentos asociados
Boletín:
18/01/2013
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5227
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 5227
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