Ayudas para financiar gastos de gestión y mantenimiento de las Federaciones de Asociaciones de Alumnos de Centros docentes no universitarios, sostenidos con fondos públicos y dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, durante el curso 2006/2007.

Código de ayuda:

S43473/06

Norma:

Orden de 20 de octubre de 2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/11/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones destinadas
a financiar gastos de gestión y mantenimiento de las Federaciones de Asociaciones de Alumnos que desarrollan sus actuaciones en el ámbito de los Centros docentes no universitarios, sostenidos con fondos públicos, y dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, durante el curso escolar 2006/
2007.

Los gastos de gestión y mantenimiento para los que se solicite financiación deberán corresponder al
periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2006 y el 31 de agosto de 2007.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Federaciones de Asociaciones de Alumnos cuyo ámbito de actuación se circunscriba a los Centros docentes de niveles no universitarios sostenidos con fondos públicos y ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.


¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Gastos de gestión y mantenimiento.

Requisitos:

Para poder ser beneficiario de las subvenciones reguladas en la presente Orden, las Federaciones referidas deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia,
con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente
convocatoria.

b) No estar incursas en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.

c) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.

e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

Documentos asociados

Boletín: 11/11/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento