Ayudas para financiar gastos de gestión y mantenimiento de las Federaciones de Asociaciones de Alumnos de Centros docentes no universitarios, sostenidos con fondos públicos y dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, durante el curso 2006/2007.
Código de ayuda:
S43473/06Norma:
Orden de 20 de octubre de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 27/11/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene como objeto establecer las bases reguladoras y convocar subvenciones destinadasa financiar gastos de gestión y mantenimiento de las Federaciones de Asociaciones de Alumnos que desarrollan sus actuaciones en el ámbito de los Centros docentes no universitarios, sostenidos con fondos públicos, y dependientes de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, durante el curso escolar 2006/
2007.
Los gastos de gestión y mantenimiento para los que se solicite financiación deberán corresponder al
periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2006 y el 31 de agosto de 2007.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Formación
Localización del organismo gestor
Región de Murcia
Convoca:
Consejería de Cultura, Juventud y Deportes (Región de Murcia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Federaciones de Asociaciones de Alumnos cuyo ámbito de actuación se circunscriba a los Centros docentes de niveles no universitarios sostenidos con fondos públicos y ubicados en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Gastos de gestión y mantenimiento.Requisitos:
Para poder ser beneficiario de las subvenciones reguladas en la presente Orden, las Federaciones referidas deberán cumplir los siguientes requisitos:a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro de Asociaciones de la Consejería de Presidencia,
con anterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes establecido en la presente
convocatoria.
b) No estar incursas en las circunstancias del artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General
de Subvenciones.
c) No tener deudas tributarias en periodo ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el Estado.
e) Hallarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
11/11/2006
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 261
Documento: Bases, Convocatoria y Anexos Descargar Documento
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 261
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