Ayudas para financiar las cantidades satisfechas en concepto de anualidad integrada por la amortización de capital e intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición, construcción o rehabilitación de sedes de Casas de Cantabria.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S21473/16Norma:
Orden PRE/33/2016, de 15 de junio. Orden PRE/53/2016, de 25 de agosto.Plazo de Solicitud:
Hasta el 7 de octubre de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Ayudas para financiar durante el año 2016 las cantidades satisfechas en concepto de anualidad integrada por la amortización de capital e intereses de los préstamos hipotecarios formalizados con anterioridad a la publicación del extracto de la convocatoria destinados a la adquisición, construcción o rehabilitación de sedes de Casas de Cantabria.Categorías Subvención
- Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
- Financiación Preferente / Préstamos
- Patrimonio Cultural y Arquitectura
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Cantabria
Convoca:
Consejería de Presidencia, Interior, Justicia y Acción Exterior (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de la subvención será el 100% del coste de la anualidad integrada por la amortización de capital e intereses de los préstamos hipotecarios destinados a la adquisición, construcción o rehabilitación de la sede de que se trate, con el límite del crédito disponible en la aplicación presupuestaria que financie la convocatoria, conforme a la prelación marcada por el informe del Comité de Valoración, de acuerdo con los criterios señalados en el artículo 4 de esta orden.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Los que cumplan los requisitos.Requisitos:
a) Estar reconocida e inscrita en el Registro de las Comunidades Cántabras ubicadas fuera de Cantabria a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.b) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y al Gobierno de Cantabria, y frente a la Seguridad Social.
c) No hallarse en alguna de las circunstancias detalladas en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.
Documentos asociados
Boletín:
27/06/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 123
Documento: Bases Reguladoras 2016 Descargar Documento
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Boletín:
07/09/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 173
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 173
Documento: Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
07/09/2016
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 173
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 173
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento