Ayudas para financiar los gastos derivados del requisito de movilidad durante las estancias en los centros de destino en el extranjero de las personas beneficiarias del Programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor para el año 2024.

Código de ayuda:

S02255/24

Norma:

ORDEN de 13 de febrero de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 20 de marzo de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar ayudas para la financiación de los gastos derivados del requisito de movilidad del programa de perfeccionamiento del personal investigador doctor, y en concreto para la financiación del coste del alojamiento y manutención de dicho personal durante las estancias posdoctorales en los centros de destino en el extranjero.

Las estancias en el extranjero deberán realizarse en el centro de destino para el cual se ha obtenido la ayuda posdoctoral del Gobierno Vasco para el curso 2023-2024.

Categorías Subvención

  • Becas
  • Educación y Ciencia
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Educación (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Investigadores / Centros tecnológicos / Centros de I+D
  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Estas ayudas podrán ser solicitadas por las personas beneficiarias de una ayuda regulada por la Orden de 20 de junio de 2023 del Consejero de Educación, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el periodo 2023-2026 para el Programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor que otorga el Gobierno Vasco.

Requisitos:

a) Haber sido condenadas mediante sentencia firme a la pena de pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones o ayudas públicas o por delitos de prevaricación, cohecho, malversación de caudales públicos, tráfico de influencias, fraudes y exacciones ilegales o delitos urbanísticos.

b) Haber solicitado la declaración de concurso voluntario, haber sido declarados insolventes en cualquier procedimiento, hallarse declarados en concurso, salvo que en este haya adquirido la eficacia un convenio, estar sujetos a intervención judicial o haber sido inhabilitados conforme a la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal, sin que haya concluido el período de inhabilitación fijado en la sentencia de calificación del concurso.

c) Haber dado lugar, por causa de la que hubiesen sido declarados culpables, a la resolución firme de cualquier contrato celebrado con la Administración.

d) Estar incursa la persona en alguno de los supuestos de la Ley 3/2015, de 30 de marzo, reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración General del Estado, de la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades del Personal al Servicio de las Administraciones Públicas, o tratarse de cualquiera de los cargos electivos regulados en la Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General, en los términos establecidos en la misma o en la normativa autonómica que regule estas materias.

e) No hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes, en la forma que se determine reglamentariamente. Se acreditará de oficio por la Administración que se hallan al corriente en las obligaciones tributarias y con la seguridad social, salvo que la persona interesada se oponga a ello, de manera motivada en la siguiente dirección https://www.euskadi.eus/ejercicio-de-derechos-proteccion-de-datos/web01-tramite/es/. En caso de oposición la persona beneficiaria deberá aportar los correspondientes certificados actualizados.

f) Tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

h) Haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones conforme a esta u otras leyes que así lo establezcan.

Documentos asociados

Boletín: 20/02/2024
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 37
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento