Ayudas para implantar la responsabilidad social empresarial (RSE), la igualdad laboral y la conciliación laboral y personal en las pymes gallegas, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2016.
Código de ayuda:
S28882/16Norma:
ORDEN de 1 de julio de 2016.Plazo de Solicitud:
Hasta el 29 de agosto de 2016.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras, para el año 2016, para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas e incentivos a pymes y micropymes, incluidos autónomos, para implantar la RSE, para la procura de la igualdad laboral y la corresponsabilidad y la conciliación de la vida familiar, personal y laboral, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.Categorías Subvención
- Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
- Formación
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Recursos Humanos
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para la concesión de estas ayudas se destinan quinientos noventa y nueve mil doscientos cincuenta y nueve euros (599.259 €), de acuerdo con la siguiente distribución:Línea I. Implantación de la RSE: setenta y cinco mil euros (75.000 €).
Línea II. Elaboración e implantación de planes de igualdad: cien mil euros (100.000 €).
Línea III. Conciliación de la vida laboral, familiar y personal:
Programa 1. Incentivos económicos para el fomento del teletrabajo y de la flexibilidad horaria: cuatrocientos mil euros (400.000 €).
Programa 2. Subvenciones para la adquisición de elementos tecnológicos que fomenten el teletrabajo: veinticuatro mil doscientos cincuenta y nueve euros (24.259 €).
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Pequeñas y medianas empresas (pymes), en esta consideración se incluyen microempresas y personas trabajadoras autónomas con trabajadores y trabajadoras por cuenta ajena, con domicilio social y centro de trabajo en Galicia, cualquiera que sea su forma jurídica, y que estén válidamente constituidas en el momento de presentar la solicitud de ayuda.Asimismo, podrán ser beneficiarias las empresas con agencia, sucursal, delegación o cualquier otra representación en Galicia siempre que tengan contratado un mínimo del 10 % de su personal en Galicia y, al menos, cuatro personas.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Bases, Convocatoria 2016 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
28/07/2016
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 142
Documento: Convocatoria 2016 (Extracto) Descargar Documento