Ayudas para inversiones con objetivos ambientales en la industria agroalimentaria, cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y por la Administración General del Estado, y se aprueba la convocatoria para 2024.

Código de ayuda:

S18346/24

Norma:

ORDEN 2689/2024, de 24 de julio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 12 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se realiza la convocatoria para 2024, en régimen de concurrencia competitiva, de las ayudas para inversiones con objetivos ambientales en la industria agroalimentaria, en el marco dela Intervención 6842.1 “Ayudas a inversiones con objetivos ambientales en transformación, comercialización y/ o desarrollo de productos agroalimentarios” del Plan Estratégico de la PAC de España (PEPAC) aprobado por la Comisión Europea el 31 de agosto de 2022 para el período 2023-2027 y que incluye dentro de su ámbito territorial a la Comunidad de Madrid.

La finalidad de las ayudas es promover la realización de diferentes inversiones en la industria agroalimentaria dirigidas a reducir las emisiones de GEI (por ejemplo, a través de inversiones en la implantación de nuevas tecnologías que tengan menores emisiones, mejores equipos de filtrado, etc.), en procesamiento de biomasa agrícola para producción de energía; así como incorporación de energías alternativas en la industria agroalimentaria: renovables (solar, térmica, eólica, fotovoltaica, biomasa y biogás) y cogeneración; inversiones, en general, que permitan mejorar la eficiencia energética (actuaciones dirigidas al uso más eficiente de la energía en la transformación de los productos agrarios, actuaciones dirigidas a la mejora de aislamientos térmicos de instalaciones, etc.).

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Comercio
  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las industrias agroalimentarias que tengan la condición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (pymes) y empresas intermedias, cuyas instalaciones estén radicadas en la Comunidad de Madrid, que transformen, comercialicen y/o desarrollen o que vayan a transformar, comercializar y/o desarrollar:

— Productos agrarios de los contenidos en el anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el algodón, exceptuando los productos de la pesca, pudiendo estar el producto resultante fuera de dicho anexo.

— Productos alimentarios (aguas minerales u otros productos alimentarios transformados de relevancia para el medio rural), distintos a los productos agrícolas del Anexo I del TFUE, siempre y cuando la inversión se ubique en el medio rural.

Documentos asociados

Boletín: 12/08/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 191
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 12/08/2024
BOCM Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid- Nº 191
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento