Ayudas para inversiones en pymes de transformación de los productos pesqueros y de acuicultura, cofinanciadas con el Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA), y se convocan para el año 2025.
Código de ayuda:
S00473/25Norma:
ORDEN de 12 de diciembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 10 de febrero de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Esta orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, y la convocatoria para el año 2025 de ayudas destinadas a la realización de inversiones para pymes del sector transformador de los productos de la pesca y acuicultura que contribuyan a la seguridad alimentaria en la Unión Europea, fomentando una pesca y acuicultura sostenible desde una perspectiva ambiental, socialmente responsable, basada en el conocimiento y competitiva.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Desarrollo Rural
Empleo
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Mar (Galicia)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Comunidades de bienes / propietarios
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Podrán ser personas beneficiarias las personas físicas, jurídicas, pluralidad de personas físicas, agrupaciones o entidades sin personalidad jurídica o comunidades de bienes.Requisitos:
Ser una pyme del sector de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura o ser una entidad asociativa del sector transformador de los productos pesqueros y acuícolas, legalmente constituidas e inscritas en el correspondiente registro, y que cumplan el requisito de ser pyme.a) Las inversiones se tendrán que realizar en un centro localizado en Galicia.
b) Las pymes del sector de transformación de los productos pesqueros y de la acuicultura deberán figurar de alta en la Agencia Estatal de Administración Tributaria dentro de los epígrafes relacionados con la transformación de productos procedentes de la pesca, marisqueo o acuicultura.
c) Para subvenciones de importe superior a 30.000 euros, las personas físicas y jurídicas, distintas de las entidades de derecho público, con ánimo de lucro, sujetas a la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales, deberán acreditar y cumplir, en los términos dispuestos en esta letra, los plazos de pago que se establecen en la citada ley para obtener la condición de beneficiarias. Cualquier financiación que permita el cobro anticipado de la empresa proveedora se considerará válida a los efectos del cumplimiento de este epígrafe, con la condición de que su coste corra a cargo del cliente y se haga sin posibilidad de recurso al proveedor, en el caso de impago.
Documentos asociados
Boletín:
08/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 04
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 04
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
08/01/2025
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 04
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 04
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento