Ayudas para la Formacion de Personal Investigador con cargo al Plan de Apoyo a la Investigacion, al Desarrollo Tecnologico y a la Innovacion de la Universidad de Jaen.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S13819/12Norma:
RESOLUCIÓN de 26 de marzo de 2012.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/05/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar la convocatoria de seis ayudas para la Formación de Personal Investigador, en régimen de concurrencia competitiva y aplicando los principios de publicidad y objetividad, destinadas a tituladosuniversitarios que deseen realizar una tesis doctoral dentro de alguna de las líneas de investigación de los Grupos de Investigación del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (PAIDI) en la Universidad de Jaén.
Categorías Subvención
- Educación y Ciencia
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Universidad de Jaén (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los alumnos universitarios que cumplan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La realización de una tesis doctoral dentro de alguna de las líneas de investigación de los Grupos de Investigación del Plan Andaluz de Investigación, Desarrollo Tecnológico e Innovación (PAIDI) en la Universidad de Jaén.Requisitos:
Los solicitantes deberán acreditar estar en posesión del título o superado los requisitos para acceder a las enseñanzas de tercer ciclo, a los estudios oficiales de posgrado, o a los programas oficiales de doctorado, en el plazo de finalización de presentación de solicitudes, conforme a alguna de las siguientes ordenaciones universitarias:a) Estudios de tercer ciclo regulados por el Real Decreto 778/1998, de 30 de abril, por el que se regula el tercer ciclo de estudios universitarios, la obtención y expedición del título de Doctor y otros estudios de postgrado: Haber finalizado los estudios conducentes al Título oficial español de Licenciado, Ingeniero o Arquitecto.
b) Estudios Oficiales de Posgrado regulados por el Real Decreto 56/2005, de 21 de enero, por el que se regulan los estudios oficiales de postgrado o por el Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales:
1.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Licenciado, Ingeniero, Arquitecto o Graduado.
2.º Haber finalizado los estudios conducentes al título oficial español de Diplomado, Ingeniero Técnico y Arquitecto Técnico, y tener superados al menos 60 créditos de posgrado.
c) En el caso de los solicitantes que hayan obtenido el título o realizado los estudios que den acceso al doctorado conforme a sistemas educativos extranjeros, se estará a lo dispuesto en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre.
d) Enseñanzas oficiales de doctorado reguladas por el Real Decreto 99/2011, de 28 de enero, por el que se regulan las enseñanzas de doctorado.
Documentos asociados
Boletín:
23/04/2012
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 78
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 78
Documento: Bases, Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento