Ayudas para la adecuacion, mejora, ampliacion y/o modernizacion de los locales comerciales y de servicios en Melilla.
Código de ayuda:
S15573/13Norma:
En Melilla, a 9 de Mayo de 2013.Plazo de Solicitud:
A publicar en la correspondiente Convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Facilitar, mediante subvenciones financieras, la creación, ampliación y/o modernización de lasPYME ubicadas en la Ciudad Autónoma de Melilla.
Categorías Subvención
- Comercio
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Melilla
Convoca:
Consejería de Economía y Hacienda (Melilla)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Las ayudas para financiar parcialmente la correspondiente inversión fija, serán de un porcentaje fijo del 75% sobre la inversión elegible para aquellas empresas de entre 0 y 3 trabajadores, y del 60%, para empresas con mas de tres trabajadores.La cuantía máxima, dentro del presupuesto de cada convocatoria, que se podrá conceder por proyecto de inversión y beneficiario será de 4.000,00 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las pequeñas y medianas empresas (PYME) de acuerdo con la Recomendación de la Comisión de6 de mayo de 2003 sobre la definición de microempresas, pequeñas y medianas empresas (DOCE L.124 de 20 de mayo de 2003).
También podrán acceder a la condición de beneficiarios las personas físicas, empresarios, que
lleven a cabo los proyectos, actividades o comportamientos recogidos en las presentes bases y que cumplan los requisitos que se establecen para las Pyme en el apartado anterior.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Creación de nuevas empresas: Aquellos proyectos de inversión que impliquen el inicio de unaactividad empresarial.
b) Ampliación y/o modernización: Aquellos proyectos de inversión que supongan el desarrollo de
una actividad empresarial ya establecida o la iniciación de otras, relacionadas o no con la ya realizada por la empresa solicitante, siempre que supongan una mejora en las infraestructuras y servicios, o bien una modernización y/o especialización de los mismos.
Requisitos:
Las/os empresas/empresarios beneficiarias/ os deberán tener local abierto al publico en el ámbito territorial de aplicación de las presentes bases.Igualmente no podrán obtener la condición de beneficiarios las personas o entidades en quiénes
concurra algunas de las circunstancias a que se refiere el artículo 13, apartado 2, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y artículo 27 del RD 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Documentos asociados
Boletín:
14/05/2013
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5025
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5025
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento