Ayudas para la adquisición de ordenadores portátiles en el marco del Programa Athenea o del convenio establecido por la Universidad de León para el fomento del uso de la informática y de las nuevas tecnologías en la Universidad.
Código de ayuda:
S68437/08Norma:
ORDEN EDU/1850/2008, de 27 de octubre.Plazo de Solicitud:
Según se establezca en correspondiente convocatoria.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas económicas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a los estudiantes de las universidades de Castilla y León que hayan adquirido un ordenador portátil en el marco del Programa Athenea desarrollado por las citadas universidades y el portal Universia, o a través del convenio establecido por la Universidad de León para el fomento del uso de la informática y de las nuevas tecnologías en la universidad.Categorías Subvención
Educación y Ciencia
Equipamientos informáticos y Tecnología
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Educación (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las ayudas a conceder será de DOSCIENTOS EUROS (200 €) cada una.Dicha cuantía podrá ser incrementada en cada convocatoria, hasta un 50%, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas ayudas los estudiantes de las universidades de Castilla y León que reúnan los siguientes requisitos:a) Cursar estudios conducentes a la obtención del título oficial de licenciado, ingeniero, arquitecto, diplomado, maestro, ingeniero técnico o arquitecto técnico, grado o estudios oficiales de posgrado y doctorado.
b) Haber adquirido, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, un ordenador portátil exclusivamente en el marco del Programa Athenea, o del convenio establecido por la Universidad de León para el fomento del uso de la informática y de las nuevas tecnologías en la universidad, con los requisitos de compra allí establecidos.
Quedan excluidos de esta convocatoria quienes se encuentren cursando títulos propios, másteres no oficiales o cualquier otro tipo de actividad académica que no sea la recogida en el apartado 1.
No podrán acceder a estas ayudas quienes hayan resultado beneficiarios en las anteriores convocatorias realizadas, con la misma finalidad, por la Consejería de Educación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La adquisición, antes de la finalización del plazo de presentación de solicitudes, de un ordenador portátil exclusivamente en el marco del Programa Athenea.Documentos asociados
Boletín:
31/10/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 211
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 211
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