Ayudas para la adquisicion en comun de maquinas y equipos agricolas que incorporan nuevas tecnologias.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S46237/11

Norma:

ORDEN AAM/261/2011, de 3 de octubre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/11/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la adquisición en común de máquinas y equipos agrícolas nuevos que incorporen nuevas tecnologías.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Cooperación empresarial

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca y Alimentación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda tiene carácter de subvención directamente aplicable al coste de
adquisición de la/s máquina/s y/o equipo/s de que se trate, sin poder superar la cantidad de 15.000,00 euros anuales por persona beneficiaria y año.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

A) Las sociedades cooperativas y sus agrupaciones o uniones, las sociedades
agrarias de transformación, las organizaciones de productores agrarios, y las agrupaciones de defensa vegetal o sanitaria, siempre que la adquisición de máquinas y equipos esté justificada por su actividad específica.

B) Las agrupaciones sin personalidad jurídica que tengan un pacto contractual
reconocido por el DAAM y suscrito por un mínimo de siete titulares de explotaciones agrarias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de nuevas tecnologías; tienen la consideración de nuevas tecnologías las máquinas y los equipos que impliquen un avance sensible en relación con los utilizados actualmente con carácter general a las explotaciones agrarias. La innovación debe comportar, necesariamente, uno de los efectos siguientes:

a) Reducir el consumo energético.

b) Mejorar los sistemas de producción.

c) Mejorar las condiciones ergonómicas y de seguridad de las operaciones
mecanizadas.

Únicamente se subvencionará la adquisición de las máquinas o los equipos
incluidos en los planes de innovación tecnológica que establece el Departamento de Agricultura, Ganadería, Pesca, Alimentación y Medio Natural con la finalidad de introducir nuevas tecnologías.

Documentos asociados

Boletín: 13/10/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5983
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento