Ayudas para la amortización de largometrajes - 2ª Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S06028/10

Norma:

Resolucion de 30 de diciembre de 2009. Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre. Resolución de 17 de septiembre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, para el año 2010 ayudas para la amortización de largometrajes, de carácter general y complementario respectivamente, mediante régimen de concurrencia competitiva, y en caso necesario con prorrateo.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Cultura ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda general para la amortización no podrá superar 1.000.000 de euros, determinándose el porcentaje final aplicable en función de la recaudación bruta obtenida por el conjunto de las películas concurrentes a la convocatoria.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas productoras que, cumpliendo los requisitos establecidos por el artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, y por la presente convocatoria, se encuentren inscritas previamente
como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas.

Para la ayuda general para la amortización: las empresas acreditadas en el Instituto de la Cinematografía de las Artes Audiovisuales, en adelante (ICAA) como productoras de largometrajes que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho artículo, hubieran sido estrenados entre el 1 de enero de 2009 y el 31 de marzo de 2009.

Para la ayuda complementaria para la amortización: las empresas que, cumpliendo los requisitos previstos en dicho artículo, estuvieran acreditadas en el ICAA como productoras, y hubieran realizado el largometraje concurrente a la convocatoria sin ayuda sobre proyecto del ICAA.
Para concurrir a la presente convocatoria, dichos largometrajes deberán haber sido estrenados entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2009 inclusive.

Requisitos:

a) Estar inscrito en el Registro Administrativo de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales de acuerdo con lo establecido en el Capítulo IV del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre. Se exceptúa del requisito a los solicitantes de ayudas para la elaboración de guiones, para proyectos culturales y de formación no reglada, para la organización de festivales y certámenes cinematográficos, para la conservación así como para la realización de obras audiovisuales con empleo de nuevas tecnologías. Las empresas no españolas nacionales de estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo se regirán por lo dispuesto en el artículo 11.3 del Real Decreto  2062/2008, de 12 de diciembre.

b) No haber sido sancionado con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones por el incumplimiento de la normativa en materia de igualdad entre mujeres y hombres de acuerdo con lo previsto en el Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, en virtud de la reforma realizada por la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.

c) Cumplir el requisito de residencia legal o establecimiento en España de acuerdo con el artículo 2 del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, en el momento de la percepción efectiva de las ayudas.

d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

e) Estar al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

f) No tener la residencia fiscal en un país o territorio calificado reglamentariamente como paraíso fiscal.

g) No incurrir en ninguno de los demás supuestos previstos en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 24/10/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 257
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 04/02/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 30
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 15/03/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 64
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 24/09/2010
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