Ayudas para la amortizacion de largometrajes.- Convocatoria 2015.

Código de ayuda:

S02782/11

Norma:

Orden CUL/3928/2006, de 14 de diciembre. Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre. Resolución de 4 de enero de 2011. Resolución de 20 de enero de 2011. Resolución de 28 de julio de 2011. Resolución de 5 de octubre de 2011. Resolución de 30 de marzo de 2012. Resolución de 11 de junio de 2012. Resolución de 14 de marzo de 2013.Resolución de 8 de abril de 2013. Resolución de 3 de febrero de 2014. Resolución de 29 de mayo de 2014. Resolución de 29 de junio de 2015. Resolución de 13 de julio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 8 de agosto de 2015.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas para la amortización de largometrajes, en sus modalidades general y complementaria, mediante régimen de concurrencia competitiva y, en su caso, con prorrateo.

La presente convocatoria se refiere a las películas estrenadas entre el 1 de enero de 2013 y el 31 diciembre de 2013, ambas fechas incluidas.

Categorías Subvención

  • Audiovisual, Prensa y Publicaciones

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Educación, Cultura y Deporte ( España)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Ayuda general para la amortización.

1. Cálculo de la ayuda.

1) La ayuda a la amortización de largometrajes, en su modalidad de ayuda general, prevista en el artículo 20.1.b) del Real Decreto 2062/2008, de 12 de diciembre, estará condicionada a la liquidación que resulte en función del número de espectadores, que se obtendrá multiplicando el 15 % del número de espectadores de la película durante los doce primeros meses, o en su caso dieciocho, de exhibición desde su estreno comercial en España, por el precio medio de la entrada en el año 2014, calculado, todo ello, según se detalla en el artículo 56 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre. Cuando el número de espectadores supere los 35.000, a la cantidad obtenida se le aplicará de forma lineal y continua un coeficiente equivalente a 0,035 por cada 35.000 espectadores en aplicación de la fórmula siguiente:

coeficiente = [(n.º espectadores - 35.000) / 1.000.000] + 1

2) Lo relativo al cómputo de espectadores, precio medio de la entrada y período de exhibición se realizará conforme a lo dispuesto en el apartado sexto de la presente convocatoria.

Ayuda complementaria para la amortización de largometrajes: Consultar artículo Noveno.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas productoras que, cumpliendo los requisitos establecidos en la misma, así como en el
artículo 13 de la Orden CUL/2834/2009, de 19 de octubre, se encuentren inscritas previamente como tales en la Sección Primera del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a. Ayudas para la amortización de largometrajes: general y complementaria.

b. Ayudas sobre proyecto para largometrajes.

c. Ayudas a cortometrajes: sobre proyecto y a los ya realizados.

d. Ayudas para el desarrollo de guiones.

e. Ayudas a la distribución de largometrajes y cortometrajes.

f. Ayudas a la conservación de negativos y soportes originales.

g. Ayudas para participación y promoción de películas en festivales internacionales.

h. Ayudas para la organización de festivales y certámenes.

i. Ayudas para facilitar la financiación de las actividades de producción, exhibición e industrias técnicas.

Requisitos:

1. Estar inscrito, previamente a la solicitud, en la Sección correspondiente del Registro de Empresas Cinematográficas y Audiovisuales, regulado en la Orden de 7 de julio de 1997, de acuerdo con el artículo 4 del Real Decreto 526/2002, de 14 de junio, con excepción de los solicitantes de ayudas para el desarrollo de guiones y para la organización de festivales y certámenes.

2. No estar incurso en las exclusiones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

No podrán acceder a las ayudas quienes se encuentren afectados por alguna de las circunstancias previstas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre,General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 26/12/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 00
Documento: Orden CUL/3928/2006, de 14 de diciembre Descargar Documento
Boletín: 15/10/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 249
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 24/10/2009
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 257
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 13/11/2010
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 275
Documento: Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre Descargar Documento
Boletín: 15/01/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 13
Documento: Convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 28/01/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 24
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 05/08/2011
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 187
Documento: Segunda convocatoria 2011 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 04/04/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 81
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 28/06/2012
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 154
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 22/03/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 70
Documento: Convocatoria 2013 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 11/04/2013
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 87
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 06/02/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 32
Documento: Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento
Boletín: 02/06/2014
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 133
Documento: Ampliación Plazo Resolución. Descargar Documento
Boletín: 04/07/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 159
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 10/07/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 165
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento
Boletín: 16/07/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 169
Documento: Corrección de errores y Ampliación Plazo Solicitudes Descargar Documento