Ayudas para la asistencia a actividades formativas de larga duración en el ejercicio 2015.
Código de ayuda:
S34755/15Norma:
Resolución de 1 de julio de 2015. Resolución de 7 de julio de 2009.Plazo de Solicitud:
Hasta el 19 de agosto de 2015.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión, mediante el procedimiento de concurrencia competitiva, de ayudas para la realización de actividades formativas individualizadas de larga duración y alto nivel en áreas prioritarias para el sector salud en Asturias, con el objeto de promover la calidad y la innovación en los servicios sanitarios a través del desarrollo de programas o actividades de ampliación de estudios.Categorías Subvención
Formación
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Sanidad (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Los profesionales que cumplan los requisitos establecidos en las bases.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El curso o la actividad para la que se concede la ayuda deberá iniciarse entre el uno de enero y el 30 de noviembre del año 2015 y deberá desarrollarse al menos parcialmente durante el año 2015.Requisitos:
Ser licenciado o diplomado, destinado en un puesto de trabajo de los grupos A1 o A2 en la Administración del Principado de Asturias, incluido el Servicio de Salud del Principado de Asturias.Tener la condición de personal en activo, estar en el período de formación sanitaria especializada, o estar realizando actividades de investigación en los centros sanitarios, en la Administración Sanitaria del Principado de Asturias o en centros hospitalarios privados dependientes de instituciones o fundaciones sin ánimo de lucro que se vinculen a la Red Hospitalaria Pública del Principado de Asturias mediante la formalización de un convenio singular. A estos efectos se considera personal en activo a aquellos empleados que se encuentren en situación de alta en la seguridad social en
el primer día del plazo de presentación de solicitudes y que, además, hubiesen prestado servicios durante más de ciento ochenta días naturales en los doce meses anteriores al momento de inicio del plazo.
No haber sido beneficiario de ninguna ayuda a la formación de las convocadas por la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios durante los dos años anteriores a la correspondiente convocatoria, excepto cuando se trate del segundo año de un master cuya duración sea de dos años.
Documentos asociados
Boletín:
20/07/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
20/07/2015
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 167
Documento: Convocatoria 2015 y Anexos Descargar Documento