Ayudas para la cofinanciacion de proyectos u otras actuaciones de investigacion a desarrollar en el Principado de Asturias.
Código de ayuda:
S42728/08Norma:
Resolucion de 15 de abril de 2008. Resolucion de 14 de mayo de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 11/07/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de proyectos u otras actividades de investigación que se desarrollan en Asturias, con el fin de incentivar a los grupos asturianos para atraer recursos externos que complementen los disponibles en esta Comunidad Autónoma.Categorías Subvención
- Asociacionismo y Voluntariado
- Educación y Ciencia
- Equipamientos informáticos y Tecnología
- I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
Principado de Asturias
Convoca:
Consejería de Educación y Ciencia (Principado de Asturias)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Ayuntamientos/Municipios
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los Centros Públicos de I+D y los Centros tecnológicos a los que pertenezca el/la investigador/a principal del proyecto o actividad, que estén ubicados en el Principado de Asturias y que no se encuentren inhabilitados para la obtención de subvenciones públicas.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Costes de personal: Costes ocasionados por la participación en el proyecto o actuación, de personal técnico de apoyo a la investigación de cualquier titulación en régimen de contratación temporal, no vinculado estatutaria o contractualmente con la entidad solicitante, que podrá incorporarse a la actividad subvencionada durante todo o parte del tiempo de duración previsto, con dedicación única. Este personal habrá de incorporarse bajo cualquier modalidad de contratación temporal, acorde con la normativa vigente y con las normas de la entidad solicitante, sin que ello implique compromiso alguno en cuanto a su posterior incorporación a dicha entidad. Podrá financiarse como máximo un contrato de colaboración por proyecto o actuación y dicho contrato deberá tener una duración mínima de 6 meses.b) Coste de equipamiento científico-técnico incluido en el proyecto inicial y que, no habiendo sido financiado por la convocatoria de origen, se justifique que es indispensable para la ejecución del proyecto o actuación. No serán subvencionables los gastos correspondientes a obra civil de remodelación, adaptación o mejora de instalaciones ni los derivados del montaje del equipo para cuya adquisición se solicita la ayuda. Igualmente queda excluida de la presente convocatoria la adquisición de mobiliario, aparatos e instrumental no científico, así como de equipos informáticos para la gestión.
Documentos asociados
Boletín:
06/06/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 130
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
06/06/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 131
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 131
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento