Ayudas para la conciliación de la vida familiar y laboral por reducción de la jornada de trabajo, como medida de fomento de la conciliación y corresponsabilidad, cofinanciadas por la Unión Europea en el marco del programa FSE+ Galicia 2021-2027, y se convocan para el año 2024 (código de procedimiento SI440A).

Código de ayuda:

S18282/24

Norma:

ORDEN de 2 de julio de 2024.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 6 de septiembre de 2024.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las ayudas se conceden en régimen de concurrencia competitiva y tienen por objeto avanzar en la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres como medida de fomento de la corresponsabilidad y de la conciliación de la vida familiar y laboral, especialmente por parte de los hombres, mediante incentivos para los trabajadores que se acojan a la reducción de su jornada de trabajo para la atención y el cuidado de sus hijas e hijos, así como para las familias monoparentales, hombres o mujeres, que precisan de un apoyo específico para compaginar la vida laboral, personal y familiar.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social e Igualdad (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de las ayudas se establece en función del porcentaje de reducción de la jornada laboral y de su duración, y en atención al número de hijas e hijos menores de doce (12) años, en un abanico que va desde 1.700 € hasta 3.700 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en esta convocatoria las personas físicas, especialmente los hombres, que en el período comprendido entre el 1 de agosto de 2023 y el 31 de julio de 2024 se acojan a la medida de reducción de jornada para el cuidado de un hijo o hija menor de tres (3) años, o menor de doce (12) años en caso de que padezca una discapacidad reconocida de porcentaje igual o superior al 33 %.

En el supuesto de adopción o de acogimiento familiar, para tener derecho a la ayuda no podrán haber transcurrido más de tres años desde la fecha de la decisión administrativa o judicial de acogimiento o adopción o doce años si el/la menor tiene reconocida una discapacidad de porcentaje igual o superior al 33%. En cualquier caso, la hija o hijo por quien se solicita la ayuda tendrá que ser menor de doce años.

Documentos asociados

Boletín: 08/08/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 153
Documento: Bases, Convocatoria 2024, y Anexos Descargar Documento
Boletín: 08/08/2024
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 153
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento