Ayudas para la consolidación y mejora de los regadíos existentes gestionados por las comunidades de regantes cofinanciadas por el Fondo Europeo Agrícola de Desarrollo Rural (FEADER) y se aprueba la convocatoria para el año 2023.

Código de ayuda:

S58964/21

Norma:

ORDEN 1414/2021, de 5 de noviembre. Orden 2435/2022, de 3 de agosto. Orden 2002/2023, de 22 de junio.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de agosto de 2023.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas ayudas es la mejora, modernización, nueva transformación o ampliación de las infraestructuras de regadío cuya titularidad o gestión corresponda a comunidades de regantes.

Estas ayudas tienen como finalidad la consolidación y mejora de los regadíos existentes para mejorar la gestión de los recursos hídricos, especialmente el ahorro de agua y mejorar la competitividad de las explotaciones agrarias.

Estas ayudas se corresponden con el tipo de operación 4.3.4 “Ayudas para la consolidación y mejora de los regadíos existentes” del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid 2014-2020.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Comunidad de Madrid

Convoca:

Consejería de Medio Ambiente, Agricultura, e Interior. (Comunidad de Madrid)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda será del 80 por 100 de la inversión subvencionable en el caso de los grandes regadíos y del 90 por 100 en el caso de los pequeños regadíos.

La cuantía total máxima de los créditos destinados a financiar la presente línea de ayudas será de 750.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios las comunidades de regantes reconocidas por el organismo de cuenca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables los costes en los que incurran los beneficiarios de las ayudas destinados a mejora, modernización, nueva transformación o ampliación de las infraestructuras de regadío cuya titularidad o gestión corresponda a comunidades de regantes.

Concretamente, son actuaciones subvencionables las vinculadas a las obras e instalaciones comunes de la comunidad de regantes. En particular las siguientes:

a) Mejora de las estructuras hidráulicas existentes.

b) Modificación del sistema de bombeo, transporte y distribución. Cambio del sistema de aplicación de agua.

d) Mejora de la red de drenaje.

e) Mejora de la capacidad de regulación, almacenamiento y control del agua.

f) Sistemas de control del consumo de agua.

g) Mejora en la gestión del agua.

h) Implantación de tecnologías de comunicaciones.

i) Actuaciones en sistemas de depuración. Obras de reutilización de aguas regeneradas o desaladas.

j) Implantación y mejora de las instalaciones eléctricas vinculadas a los sistemas de riego.

k) Implantación y mejora de instalaciones de suministro energético basadas en energías renovables.

l) Mejora de la red viaria contemplada en proyectos integrales de modernización de regadíos.


Serán subvencionables los siguientes gastos siempre que estén directamente relacionados con el apartado anterior:

a) Construcción o mejora de bienes inmuebles, incluidas instalaciones. Sólo serán subvencionables cuando se realicen por contrata.

b) Compra de nueva maquinaria, equipos e instalaciones (incluidas Tecnologías de información y comunicación y hardware). En particular, será subvencionable el equipamiento de medición volumétrica de consumo de agua.

c) Adquisición o desarrollo de programas informáticos (software) y adquisición de patentes, licencias, derechos de autor o marcas registradas.

d) Cartel informativo conforme a lo establecido en la Estrategia de información y publicidad del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (2014-2020).

e) IVA no recuperable.

f) Costes de asistencia técnica (arquitectos, ingenieros, asesores) vinculados a los gastos anteriores: estudios previos, proyectos, direcciones de obra, estudios de impacto ambiental, etc. Estos gastos solo serán subvencionables hasta un máximo, por el conjunto de todos ellos, del 12 por 100 de la inversión total auxiliable definida en los apartados a y b. Individualmente estos trabajos serán subvencionables
hasta los siguientes topes:

Proyectos de ejecución: hasta el 4 por 100.

Direcciones de obra, incluyendo en su caso, certificaciones parciales, final, así como proyectos modificados y proyecto “as built”: hasta el 4 por 100.

Resto de trabajos, tales como estudios previos, de la viabilidad, anteproyectos, memorias técnicas, estudios de impacto ambiental, dirección ambiental, coordinación de seguridad y salud, etc.: hasta el 2 por 100 cada uno de ellos.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán contar con la disponibilidad de los terrenos.

Los beneficiarios de las ayudas deberán estar al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social, no tener deudas en periodo ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, no tener deudas de carácter tributario con otras Administraciones Públicas, ni figurar en la fase del pago como deudor de los fondos europeos agrícolas FEAGA-FEADER.

No podrán obtener la condición de beneficiarios las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Los beneficiarios no podrán haber sido declarados excluidos de la obtención de ayudas del tipo de operación 4.3.4 “Ayudas para la consolidación y mejora de los regadíos existentes” del Programa de Desarrollo Rural de la Comunidad de Madrid (2014-2020) en los términos del artículo 35 del Reglamento Delegado (UE) n.o 640/2014, de la Comisión.

La exclusión de las ayudas se extenderá al mismo año natural y al siguiente contado desde la detección del incumplimiento grave.

Documentos asociados

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Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria y Anexos 2021 Descargar Documento
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