Ayudas para la continuidad de las casas nido para iniciar su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de marzo de 2017.

Código de ayuda:

S01882/20

Norma:

ORDEN de 20 de diciembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 17 de febrero de 2020.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 22.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta orden tiene por objeto aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a las personas titulares de casas nido autorizadas por la Consellería de Política Social para iniciar su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de marzo de 2017, y proceder a su convocatoria para el año 2020, con la finalidad de dar continuidad a este recurso y seguir atendiendo las necesidades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias en los ayuntamientos rurales de Galicia en los que están establecidas.

Categorías Subvención

  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Politica Social (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La ayuda consistirá en una prima de 22.000 €/año para la prestación de una atención personalizada a niños y niñas de 0-3 años.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán optar a estas ayudas las personas físicas titulares de las casas nido recogidas en el artículo 1 que estén en funcionamiento y mantengan su situación de alta fiscal y en la Seguridad Social como personas trabajadoras por cuenta propia.

Requisitos:

a) Que la persona solicitante tenga su residencia en el ayuntamiento donde está ubicada la casa nido.

b) Acreditar una revisión médica anual.

c) Atender un número mínimo de 2 niños/as.

d) Disponer de un plan de actuación con los niños/as para atender eventuales emergencias que se puedan producir en la casa nido.

e) Tener contratada una póliza de seguro que cubra las contingencias de responsabilidad civil, los daños a terceras personas y accidentes durante el desarrollo de la actividad subvencionada.

Documentos asociados

Boletín: 17/01/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 11
Documento: Bases, Convocatoria 2020 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 17/01/2020
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 11
Documento: Convocatoria 2020 (Extracto) Descargar Documento