Ayudas para la continuidad de las casas nido que hayan iniciado su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de enero de 2021.
Código de ayuda:
S02237/22Norma:
ORDEN de 27 de diciembre de 2021.Plazo de Solicitud:
Hasta el 14 de febrero de 2022.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Aprobar las bases reguladoras por las que se regirá la concesión de ayudas en régimen de concurrencia no competitiva a las personas titulares de casas nido que hayan iniciado su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de enero de 2021, y proceder a su convocatoria con la finalidad de dar continuidad a este recurso y seguir atendiendo las necesidades de conciliación de la vida personal, familiar y laboral de las familias en los ayuntamientos rurales de Galicia en los que están establecidas con la financiación delos gastos en los años 2022, 2023 y 2024 (código de procedimiento BS403G).
Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor
Galicia
Convoca:
Consellería de Politica Social (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Para reposición del equipamiento, material didáctico y/o de juego, se destinará una subvención de 500,00 €.Para la prestación de una atención personalizada a niños y niñas de 0-3 años se destinará una prima de 24.200,00 €/año.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán optar a las ayudas, a través de una prima, las personas físicas titulares de las casas nido que hayan iniciado su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de enero de 2021 que estén en funcionamiento y mantengan su situación de alta fiscal y en la Seguridad Social como personas trabajadoras por cuenta propia de la siguiente manera:a) Para la subvención de la anualidad 2022 podrán ser beneficiarias las personas titulares de casas nido que hayan iniciado su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de agosto de 2019.
b) Para la subvención de la anualidad 2023 podrán ser beneficiarias las personas titulares de casas nido que hayan iniciado su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 30 de septiembre de 2020.
c) Para la subvención de la anualidad 2024 podrán ser beneficiarias las personas titulares de casas nido que hayan iniciado su actividad entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de enero de 2021.
Requisitos:
a) Que la persona solicitante tenga su residencia en el ayuntamiento donde está ubicada la casa nido.b) Acreditar un correcto estado de salud.
c) Atender un número mínimo de 2 niños/as.
d) Disponer de un plan de actuación con los niños/as para atender eventuales emergencias que se puedan producir en la casa nido.
e) Tener contratada una póliza de seguro que cubra las contingencias de responsabilidad civil, los daños a terceras personas y accidentes durante el desarrollo de la actividad subvencionada.
f) Contar con la comunicación de la Consellería de Política Social para haber iniciado la actividad de la casa nido entre el 1 de octubre de 2016 y el 31 de enero de 2021.
Documentos asociados
Boletín:
11/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: Bases, Convocatoria 2022 y Anexos Descargar Documento
Boletín:
11/01/2022
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 06
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento