Ayudas para la contratación de bibliotecarios por entidades locales de Castilla-La Mancha.

Código de ayuda:

S06800/06

Norma:

Orden de 23-02-2006.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 03/04/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

1. Se establecen las bases reguladoras y la convocatoria de ayudas para la contratación de bibliotecarioslas municipales por parte de Ayuntamientos, Organismos Autónomos, Mancomunidades de Municipios y Entidades Locales de ámbito inferior al Municipio (EATIM) de Castilla-La Mancha y para la mejora de las condiciones de los contratos preexistentes, con especial atención a aquéllas bibliotecas que cuenten o vayan a contar con servicio de acceso a Internet.

2. El objeto principal de la contratación se referirá a funciones de dirección, gestión y trabajos técnicos de la biblioteca pública o sala de lectura municipal y la programación de actividades de animación a la lectura.

3. Las ayudas se destinarán a nuevos contratos o a la mejora de las condiciones de los ya existentes que se realicen a lo largo de 2006. No obstante, el interés público en extender y difundir el servicio de biblioteca pública en la Comunidad Autónoma, impulsan a esta Consejería a aceptar solicitudes de ayudas para puestos creados o modificados con anterioridad, siempre que se adecuen a las bases establecidas en esta Orden.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Artesania (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán participar en esta convocatoria los ayuntamientos, organismos autónomos, mancomunidades de municipios, EATIM y organismos autónomos municipales de titularidad pública de Castilla-La Mancha que cumplan los requisitos señalados para cada una de las modalidades.

En ningún caso podrá adquirir la condición de beneficiario quien se encuentre incurso en alguna de las circunstancias a las que se refieren los apartados 2 y 3 del articulo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se contemplan las modalidades y dotaciones de ayudas que se señalan en el anexo II de la presente Orden.
Sólo se podrá solicitar una modalidad y opción de ayuda para cada contrato de trabajo que se quiera crear, renovar o mejorar.

Documentos asociados

Boletín: 09/03/2006
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 52
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria y Anexos Descargar Documento