Ayudas para la creacion y consolidacion de empresas de alto contenido tecnologico en el marco del Plan Director de Innovacion de Alta Tecnologia 2008-2013.

Código de ayuda:

S61755/09

Norma:

Orden de 27 de julio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer, con arreglo al régimen de concesión de subvenciones previsto en el artículo 22 de la Ley 7/2005, de 18 de noviembre, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, las bases reguladoras y convocatoria de ayudas de la Consejería de Universidades, Empresa e Investigación, en el ejercicio 2009, para la creación y consolidación de empresas innovadoras de alto contenido tecnológico.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Creación nuevas empresas
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Empleo, Universidades y Empresa (Región de Murcia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas y sus asociaciones que, no estando expresamente excluidas en esta Orden, tengan establecimiento productivo en el ámbito territorial de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Servicios de consultoría externa exclusivamente relacionados con la
realización de los estudios de viabilidad y definición previos a la realización de los proyectos de inversión definidos en el artículo 4.

b) Activos fijos materiales nuevos, tales como edificios (construcción,
ampliación y remodelación) e instalaciones, maquinaria y bienes de equipo (de
procesos y auxiliares), aparatos de medida e instrumental científico técnico, otras infraestructuras y equipamiento auxiliar debidamente justificado, destinados al desarrollo de actividades de alto contenido tecnológico.

c) Servicios de consultoría externa relacionados exclusivamente con el
desarrollo de los proyectos de inversión.

Requisitos:

a) No tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, salvo que las
mismas estén garantizadas o se hubiere acordado la suspensión del procedimiento ejecutivo.

b) Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria

c) Estar al corriente de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.

d) No estar incursos en alguna de las circunstancias previstas en los artículos 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 15/09/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 213
Documento: Bases, Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/09/2009
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 216
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento