Ayudas para la dinamizacion turistica. Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S30819/10

Norma:

ORDEN de 15 de abril de 2010. RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/06/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Desarrollar el marco general del Programa de ayudas para la dinamización turística con el fin último de contribuir a configurar Euskadi como un destino turístico multiexperiencial, equilibrado territorialmente, de estacionalidad reducida y de calidad, que se plantea como objetivos avanzar hacia la sostenibilidad medio-
ambiental, económica y cultural, hacia la accesibilidad, configurando un destino turístico para todas las
personas, y todo ello mediante una apuesta decidida por la innovación reforzando su competitividad.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Industria, Innovación, Comercio y Turismo (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos, mancomunidades y otras instituciones públicas, así como las agencias de desarrollo, consorcios turísticos u otras entidades comarcales promotoras de turismo con personalidad jurídica propia y las asociaciones o entidades privadas sin ánimo de lucro que, ubicadas en el País Vasco, tengan entre sus fines el desarrollo de la actividad turística.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– La creación y mantenimiento de entidades y estructuras de gestión turística público-privadas, de carácter
comarcal, así como supracomarcal cuando sean necesarias para la gestión de productos turísticos que se desarrollen en más de una comarca.

– El desarrollo e implantación del Sistema Integral de Calidad Turística en Destinos.

– El desarrollo de Planes de Dinamización Turística de Destino y de Planes de Dinamización Turística de Producto, limitando estos últimos al desarrollo de productos turísticos de carácter estratégico.

Requisitos:

Las entidades solicitantes, para poder acceder a las ayudas previstas en la Orden que establece ayudas para la dinamización turística deberán ostentar la condición de entidad beneficiaria, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Orden de referencia.

Documentos asociados

Boletín: 07/05/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 84
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/05/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 85
Documento: Convocatoria 2010. Descargar Documento
Boletín: 18/05/2010
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 91
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento