Ayudas para la dotación de los botiquines de los que han de ir provistos los buques, convocatoria 2023.
Código de ayuda:
S21428/23Norma:
Resolución de 13 de abril de 2023. Orden ESS/2542/2014, de 5 de diciembre. Resolución de 15 de abril de 2024Plazo de Solicitud:
Hasta el 20 de mayo de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Las ayudas económicas que se regulan en esta convocatoria están destinadas a subvencionar la dotación inicial de botiquines, entendiéndose por tal la adquisición inicial de los fármacos y el material sanitario que componen el botiquín reglamentario a bordo, según lo dispuesto en el Real Decreto 258/1999, de 12 de febrero, en la redacción vigente en el momento de realizar el gasto, cuando sea la primera vez que el empresario solicite la ayuda correspondiente al Instituto Social de la Marina y el gasto efectuado por dicho concepto se haya producido entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023, ambos inclusive.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Transporte
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Botiquín A: El 65 por ciento del coste real de los fármacos integrantes del botiquín reglamentario financiados por el Sistema Nacional de Salud y del coste real del material sanitario incluido en el anexo I de la resolución.Botiquín B: El 70 por ciento del coste real de los fármacos integrantes del botiquín reglamentario financiados por el Sistema Nacional de Salud y del coste real del material sanitario incluido en el anexo I de la resolución.
Botiquín C: El 90 por ciento del coste real de los fármacos integrantes del botiquín reglamentario financiados por el Sistema Nacional de Salud y del coste real del material sanitario incluido en el anexo I de la resolución. Botiquín de balsa de salvamento: El 90 por ciento del coste real del botiquín.
Botiquín de mercancías peligrosas: El 65 por ciento del coste real del material sanitario incluido en el anexo I.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Empresas (más de 250 empleados)
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Empresarios de embarcaciones debidamente registradas o abanderadas en España sujetos a la obligación de llevar permanentemente el botiquín de a bordo.Documentos asociados
Boletín:
06/01/2015
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 5
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
19/04/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 93
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
19/04/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 93
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
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Boletín:
20/04/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 97
Documento: Convocatoria 2024 Descargar Documento
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Boletín:
20/04/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 97
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento
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