Ayudas para la elaboración de Protocolos Familiares de las empresas.

Código de ayuda:

S18800/04

Norma:

Resolución de 1 de junio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar la elaboración de protocolos familiares de las pequeñas y medianas empresas familiares riojanas, que previa realización de un diagnóstico empresarial permita regular las relaciones profesionales, económicas y familiares, con la finalidad de asegurar su continuidad en el relevo generacional.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Agencia de Desarrollo Económico de La Rioja (La Rioja)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El 50% sobre el gasto subvencionable, con un máximo de 5.500 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las Pequeñas y Medianas Empresas (PYMES) de carácter familiar con establecimiento en la Comunidad Autónoma de La Rioja, siempre que la dirección efectiva de la empresa se localice en la propia Comunidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los gastos de asesoramiento realizados por una empresa consultora externa para la elaboración de un protocolo familiar y el diagnóstico empresarial previo realizado.

El diagnóstico previo, que constará de varias fases:
A) Entrevista con el principal empresario y con el resto de la familia y accionistas de la empresa familiar o directivos no familiares.
B) Recogida y análisis de la información básica sobre la empresa, la propiedad y familia.
C) Contraste de la información y evolución: la información obtenida y analizada por el consultor en las fases anteriores tiene que ser contrastada con la realidad de la empresa.
D) Presentación personal de la primera aproximación al protocolo familiar: análisis y discusión conjunta de los pros y los contras de la propuesta presentada.
E) Presentación personal del protocolo definitivo (según el detalle siguiente), con discusión de los pros y los contras.

Requisitos:

Se considerará empresa familiar, aquella que cumpla alguno de los siguientes:
A) Empresario autónomo que ejerza una actividad empresarial o profesional de la que provengan más del 50 % de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
B) Sociedad en la que una persona física tenga de forma individual una participación de al menos un 50 % del capital social, siempre que ejerza efectivamente funciones de dirección en la entidad, percibiendo por ello una remuneración que represente más del 50 % de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.
C) Sociedad en la que un grupo familiar formado por los cónyuges, ascendientes, descendientes o adoptados y colaterales, hasta el tercer grado incluido, tengan conjuntamente una participación societaria de al menos el 20% del capital social, siempre que al menos un miembro del grupo familiar ejerza efectivamente funciones de dirección en la entidad, percibiendo por ello una remuneración que represente más del 50 % de la totalidad de sus rendimientos empresariales, profesionales y del trabajo.

Documentos asociados

Boletín: 06/07/2004
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 85
Documento: Bases y Convocatoria Descargar Documento