Ayudas para la elaboración y revisión de instrumentos de gestión forestal conforme a los postulados de la gestión forestal sostenible en el marco del Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha 2014-2020.

Código de ayuda:

S05500/19

Norma:

Orden 2/2019, de 15 de enero.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas contempladas en los artículos 25 y 45.2 e) del Reglamento (UE) nº1305/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, relativo a la ayuda al desarrollo rural a través del Fondo Europeo agrícola de Desarrollo Rural (Feader), ayudas contempladas en el Programa de Desarrollo Rural de Castilla-La Mancha para el periodo de programación 2014-2020 al amparo de la submedida 8.5 del citado programa, denominada “Inversiones que aumenten la capacidad de adaptación y el valor medioambiental de los ecosistemas forestales”.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Desarrollo Rural
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones y Cooperativas Agrarias
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas, públicas o privadas y otros organismos públicos o de derecho privado y sus asociaciones, que sean titulares de derechos reales de propiedad, de posesión o de usufructo de los montes o superficies forestales incluidos en el ámbito de aplicación de esta Orden.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las acciones subvencionables serán las siguientes, siempre que se realicen con posterioridad a la resolución de concesión:

a) Elaboración de instrumentos de gestión forestal sostenible tal como se definen en el artículo 2 de la presente Orden.

b) Revisión de los citados instrumentos. En este caso, se podrá solicitar la ayuda en los dos años anteriores a la finalización del plazo de vigencia del instrumento, o una vez superado el mismo.

Se considera que el instrumento de gestión forestal sostenible se encuentre en vigor mientras que su apartado denominado Plan Especial no haya finalizado.

2. Los costes elegibles de las acciones subvencionables comprenderán los trabajos conducentes a la elaboración de los instrumentos de gestión forestal sostenible y su revisión tal como se recogen en el anexo I de la presente Orden.

3. No serán objeto de ayuda:

a) El Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) y cualquier otro tributo.

b) Los intereses de deuda.

c) Las memorias técnicas que acompañen a las solicitudes de ayuda.

4. Todos los trabajos objeto de ayuda estarán sujetos a las condiciones del anexo II de la presente Orden, los cuales se verán condicionados en su ejecución por las directrices que establezca la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural para evitar o minimizar su impacto ambiental y/o conseguir su mayor funcionalidad y eficiencia.

Documentos asociados

Boletín: 24/01/2019
DOCM Diario Oficial de Castilla-La Mancha- Nº 17
Documento: Modificación y nuevas Bases Reguladoras 2019 Descargar Documento