Ayudas para la emancipacion en materia de Vivienda Joven.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S57491/10

Norma:

Santa Eulària des Riu, 4 de octubre de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/11/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ofrecer ayudas para la adquisición de viviendas o la mejora de las adquiridas según la siguiente clasificación:

1.1.a) Compra de vivienda construida o de nueva construcción.

1.1.b) Rehabilitación cuando suponga la adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.

1.1.c) Autopromoción de la vivienda.

Categorías Subvención

  • Financiación Preferente / Préstamos
  • Juventud
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Ayuntamiento de Santa Eulalia del Riu (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas objeto de esta convocatoria serán de un máximo del:

a) 5% del precio de la compra de la vivienda construida o de nueva construcción.

b) 20% del precio del presupuesto de la rehabilitación de la vivienda.

c) 10% de la inversión realizada en los casos de autopromoción.

El importe máximo de las subvenciones concedidas será de 3.000€ por solicitud.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas que cumplan los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Compra de vivienda construida o de nueva construcción.

b) Rehabilitación cuando suponga la adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.

c) Autopromoción de la vivienda.

Requisitos:

1.- Por la compra de vivienda construida o de nueva construcción.

a) Tener entre 18 y 35 años.

b) No haber sido beneficiario de esta misma subvención los años anteriores.

c) Que la vivienda esté ubicada en territorio municipal de Santa Eulària des Riu.

d) Que sea la primera vivienda y que constituya su domicilio habitual y permanente.

e) Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón de dos años.

f) Que la superficie máxima de la vivienda no supere los 150m2 útiles construidos.

g) La vivienda deberá haberse adquirido el mismo año o el inmediatamente anterior a esta convocatoria.

h) Que los ingresos íntegros no excedan de 29.820’56€ (4 IPREM anual 2010) en el caso de un/a solo/a solicitante-comprador/a, y de 59.641’12€ (8 IPREM anual 2010) en el caso de dos o más solicitantes-compradores/as.

i) No encontrarse bajo ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiarios de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003,
General de Subvenciones.

j) No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

La ayuda irá destinada a reducir el importe del préstamo hipotecario de la vivienda.

2.- Para la rehabilitación cuando suponga la adecuación de las condiciones de habitabilidad de la vivienda.

a) Tener entre 18 y 35 años.

b) No haber sido beneficiario de esta misma subvención los años anteriores.

c).- Que la vivienda esté ubicada en territorio municipal de Santa Eulària des Riu.

d) Que sea la primera vivienda y que constituya su domicilio habitual y permanente.

e) Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón de dos años.

f) Que la superficie máxima de la vivienda no supere los 220m2 útiles.

g) La vivienda deberá haberse adquirido el mismo año o el inmediatamente anterior a esta convocatoria.

h) Que el presupuesto de rehabilitación sea igual o superior al 50% del valor total del inmueble.

i) Que los ingresos íntegros no excedan de 29.820’56€ (4 IPREM anual 2010) en el caso de un/a solo/a solicitante-comprador/a, y de 59.641’12€ (8 IPREM anual 2010) en el caso de dos o más solicitantes-compradores/as.

j) No encontrarse bajo ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiarios de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones.

k) No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

3.- Autopromoción de vivienda

a) Tener entre 18 y 35 años.

b) No haber sido beneficiario de esta misma subvención los años anteriores.

c) Que la vivienda esté ubicada en territorio municipal de Santa Eulària des Riu.

d) Que sea la primera vivienda y que constituya su domicilio habitual y permanente.

e) Ser persona física, residente legal en el municipio y con una antigüedad mínima en el padrón de dos años.

f) Que la superficie máxima de la vivienda no supere los 220m2 útiles construidos.

g) Que la titularidad del suelo sea la del solicitante o solicitantes de la ayuda.

h) Que se haya obtenido la licencia de obras este año o el inmediatamente anterior a esta convocatoria para la concesión provisional de la subvención.
Para la concesión definitiva de la subvención se establecerá un periodo máximo de 24 meses para presentar el certificado de fin de obra.

i) Que los ingresos íntegros no excedan de 29.820’056€ (4 IPREM anual 2010) en el caso de un/a solo/a solicitante-comprador/a, y de 59.641’12€ (8 IPREM anual 2010) en el caso de dos o más solicitantes-compradores/as.

j) No encontrarse bajo ninguno de los supuestos de prohibición para ser beneficiarios de subvenciones establecidas en el artículo 10 del Texto Refundido de la Ley de Subvenciones, aprobado por decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, en relación con el artículo 13 de la Ley 38/2003, General de
Subvenciones.

k) No tener deudas con el Ayuntamiento de Santa Eulària des Riu.

Documentos asociados

Boletín: 19/10/2010
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 150
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento