Ayudas para la financiacion de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, reguladas en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, en el ambito de la Comunidad Autonoma del Pais Vasco, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administracion de este organismo autonomo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S19019/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 15 de mayo de 2013. Real Decreto 469/2006, de 21 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 01/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de la convocatoria para el año 2013 de las subvenciones dirigidas a la financiación de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en el marco de los servicios de ajuste personal y social de los Centros Especiales de Empleo, reguladas en el Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, en el ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

Categorías Subvención

  • Empleo

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.– La cuantía de la subvención se establece en un importe fijo anual por cada persona trabajadora con el tipo y grado de discapacidad indicado en el artículo anterior, contratada a jornada completa por tiempo indefinido o mediante contrato temporal de duración igual o superior a seis meses. En el supuesto de contrato indefinido la subvención será de 1.200 euros anuales y en el supuesto de contratos temporales, 600 euros.

Asimismo, la subvención se reducirá en proporción a la jornada cuando el contrato, tanto del
personal integrante de la Unidad de Apoyo, como de los destinatarios finales, sea a tiempo parcial.

2.– El importe de la subvención en ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en
concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere los costes salariales y de Seguridad Social de los trabajadores y trabajadoras de las Unidades de Apoyo contratados por tiempo indefinido, correspondientes al periodo subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades titulares de los Centros Especiales de Empleo y dichos Centros, cuando tengan personalidad jurídica propia, que cumplan con los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes salariales y de Seguridad Social de los trabajadores y trabajadoras con contrato indefinido de las Unidades de Apoyo a la Actividad Profesional en los Centros Especiales de Empleo, que desarrollan las funciones previstas en el artículo 2 del Real Decreto 469/2006, de 21 de abril, del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2013 y el 31 de diciembre de 2013.

Requisitos:

a) Que los Centros Especiales de Empleo figuren inscritos como tales en el Registro de Centros
Especiales de Empleo.

b) Que formen parte de la plantilla de los Centros Especiales de Empleo trabajadores y trabajadoras con el tipo y grado de discapacidad a los que se hace referencia en el artículo siguiente.

c) Que los Centros Especiales de Empleo dispongan de Unidades de Apoyo con la composición
prevista en el párrafo siguiente.

Documentos asociados

Boletín: 02/04/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 96
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 31/05/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 104
Documento: Convocatoria 2013. Descargar Documento