Ayudas para la financiacion de los gastos que se ocasionen en las obras necesarias para la rehabilitacion de las viviendas afectadas por el desbordamiento en la cuenca del rio Guadiana en la Comunidad Autonoma de Extremadura, acaecido entre los dias 2 y 7 de abril de 2013.
Código de ayuda:
S39864/13Norma:
DECRETO 194/2013, de 22 de octubre.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 12/11/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la financiación de los gastos que se ocasionen en las obras necesarias para la rehabilitación de las viviendas afectadas por las inundaciones de abril de 2013 en la cuenca del río Guadiana, así como establecer la convocatoria única de las ayudas.Categorías Subvención
- Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
- Vivienda y Urbanismo
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Fomento, Vivienda, Ordenación del Territorio y Turismo (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe de las ayudas para financiación de los gastos que se ocasionen en las obras necesarias para la rehabilitación de las viviendas afectadas será de un porcentaje fijo determinado previamente. El citado porcentaje será el resultado de prorratear el importe global destinado a las ayudas (57.000 €) entre el resultado de sumar los importes relativos a los costes de las obras pretendidas por los solicitantes que cumplan los requisitos exigidos por el presente decreto, una vez comprobados por el órgano instructor y evaluadas por laComisión de Valoración. De esta forma, el importe a conceder individualmente será el resultado de multiplicar el citado porcentaje fijo por los costes de la obra pretendida.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas que reúnan los requisitos establecidos.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La financiacion de los gastos que se ocasionen en las obras necesarias para la rehabilitacion de las viviendas afectadas por el desbordamiento en la cuenca del rio Guadiana en la Comunidad Autonoma de Extremadura, acaecido entre los dias 2 y 7 de abril de 2013.Requisitos:
a) Ser propietario, arrendatario o usufructuario de una vivienda afectada por las inundacionesde abril de 2013 en la cuenca del río Guadiana.
b) Que la vivienda afectada por las mencionadas inundaciones esté incluida en la relación de parcelas afectadas por las inundaciones por el desbordamiento del río Guadiana, aprobada por la Comisión Interdepartamental de Seguimiento, mediante anuncio de 2 de mayo de 2013 (DOE n.º 85, de 6 de mayo) y corregida mediante anuncio de 4 de julio de 2013 (DOE n.º 132, de 10 de julio).
c) Que la vivienda afectada fuese la vivienda habitual y permanente del solicitante en el momento de producirse las inundaciones. Entendiendo por tal aquella en la que se encuentre
empadronado el beneficiario de las ayudas, y que constituya su domicilio habitual y permanente, donde tendrá fijada su residencia al menos 9 de los 12 meses del año.
d) Haber presentado la declaración de daños en la vivienda afectada, de acuerdo a lo dispuesto
en el Decreto 54/2013, de 16 de abril.
e) Disponer de autorización del propietario o usufructurario para la realización de las reparaciones de los daños, en el caso de titulares de la vivienda en régimen de arrendamiento.
f) No hallarse incurso en ninguno de los supuestos que impiden obtener la condición de beneficiario a tenor de lo previsto en los artículos 12.2 y 12.3 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
g) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la
Hacienda General de la Comunidad Autónoma, así como de sus obligaciones con la Administración de la Seguridad Social.
Documentos asociados
Boletín:
28/10/2013
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 208
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 208
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento