Ayudas para la financiación de organismos activos a escala europea en el ámbito de la Juventud.
Código de ayuda:
S26655/04Norma:
DOCE C 290/08, con DG EAC Nº 81/04.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 31/12/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Reforzar la acción comunitaria en el ámbito de la juventud y hacerla más eficaz financiado organismos activos en este ámbito.Categorías Subvención
- Juventud
Localización del organismo gestor
Unión Europea
Convoca:
Comisión Europea ( Unión Europea)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La ayuda financiera de la Comisión no podrá exceder del 50 % del total de los gastos de funcionamiento aprobados por la Comisión.La subvención máxima será de 35 000 euros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Serán seleccionables las propuestas de organismos que tengan personalidad jurídica y estén establecidos en uno de los países siguientes:- Unión Europea (UE): Bélgica, República Checa, Dinamarca, Alemania, Estonia, Grecia, España, Francia, Irlanda, Italia, Chipre, Letonia, Lituania, Luxemburgo, Hungría, Malta, Países Bajos, Austria, Polonia, Portugal, Eslovenia, Eslovaquia, Finlandia, Suecia y Reino Unido;
- Países miembros de la Asociación Europea de Libre Comercio (AELC) y, a la vez, del Espacio Económico Europeo (EEE): Islandia, Liechtenstein y Noruega;
- Países candidatos: Bulgaria, Rumanía y Turquía.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
El programa financia actividades permanentes de organismos que persigan un objetivo de interés general europeo en el ámbito de la juventud o un objetivo que se sitúe dentro del marco de la política de la Unión Europea en este ámbito.Estas actividades deberán fundamentalmente contribuir —o tener capacidad para ello— a la participación activa de los ciudadanos jóvenes en la vida pública y la sociedad y al desarrollo y la aplicación de medidas de cooperación comunitaria en el ámbito de la juventud en sentido amplio.
Requisitos:
Un organismo deberá satisfacer las exigencias siguientes:— estar legalmente constituido desde hace más de un año,
— no ser gubernamental,
— no tener ánimo de lucro,
— ser un organismo de juventud, o de espectro más amplio pero que destine parte de sus actividades exclusivamente a los jóvenes,
— beneficiarse de una cofinanciación que represente al menos el 50 % de su presupuesto anual total y que proceda de fuentes distintas del presupuesto de la Unión Europea,
— que al menos uno de los miembros de su personal sea permanente.
Documentos asociados
Boletín:
27/11/2004
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C290
Documento: Convocatoria Descargar Documento
DOCE Diario Oficial de las Comunidades Europeas- Nº C290
Documento: Convocatoria Descargar Documento