Ayudas para la formación y difusión a los olivicultores, almazaras e industrias de aderezo, sobre la calidad del aceite de oliva, la aceituna de mesa y los efectos de la olivicultura en el medio ambiente.
Código de ayuda:
S26719/04Norma:
Orden de 24 de noviembre de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 03/01/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La formación y difusión a los agricultores, almazaras y empresas de transformación de las aceitunas de mesa, sobre la calidad del aceite de oliva, de las aceitunas de mesa y los efectos que estas producciones generan en el medio ambiente, previstas en el Subprograma V de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 28 de abril de 2004, por la que se aprueba el Programa de mejora de la calidad de la producción de aceite de oliva y de aceitunas de mesa para la Campaña 2004/2005.Categorías Subvención
- Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
- Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
- Formación
- Inversiones Materiales y Equipos
Localización del organismo gestor
Andalucía
Convoca:
Consejería de Innovación, Ciencia y Empresa (Andalucía)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las Asociaciones, federaciones y organizaciones sin ánimo de lucro, con ámbito de actuación en Andalucía, directamente relacionadas con el sector olivarero, almazarero o de industrias de aderezo.Se entenderá como asociaciones, federaciones u organizaciones directamente relacionadas con el sector olivarero, almazarero y de industrias de aderezo, aquéllas que entre sus componentes, que lo sean por razón de su ejercicio profesional, figuren olivareros o bien industriales dedicados a la fabricación de aceite de oliva o de aceituna de mesa, y entre sus fines se encuentre la defensa de los intereses profesionales de sus asociados.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los siguientes tipos de acciones:1. Cursos de formación:
Será objeto de ayuda la organizació e impartició de cursos de formación dirigidos al sector olivarero, almazarero y de industrias de aderezo.
- Gastos y cuantías:
a) Gastos de organización de los cursos.
Divulgación de actividades, coordinación, seguros de alumnos, alquiler de equipos y locales, visitas técnicas, luz, correo, teléfono y limpieza de locales.
Respecto a los gastos de coordinación, el máximo auxiliable por actividad formativa es de 900 euros.
b) Gastos de profesorado.
La cantidad máxima a percibir por impartición de clases es de 60,00 euros por hora lectiva.
Los gastos por desplazamiento que se deriven del ejercicio de la actividad se facturarán a 0,17 euros por kilómetro, cuando se utilice vehículo particular.
Los gastos de alojamiento y manutención se abonarán siempre que estén justificados por el horario de las clases y siempre que no estén cubiertos por algún organismo oficial.
Para manutención la cantidad máxima auxiliable por comida es de 18,00 euros, con un máximo diario de 24,00 euros.
Para alojamiento la cantidad máxima a subvencionar será de 54,00 euros por pernoctación.
c) Material didáctico.
Libros, material técnico divulgativo, preparación de documentación didáctica y material fungible de enseñanza.
d) Participación del alumnado.
Podrán ser subvencionados los gastos de desplazamiento al curso y de alojamiento, siempre que la residencia habitual del alumno se encuentre a más de 50 km del lugar de celebración del curso y el alumno lo solicite.
Los gastos de manutención a tener en cuenta a los efectos de la subvención serán los de los días en los que el curso contemple sesiones de mañana y tarde.
2. Jornadas de divulgación:
Los tipos de jornadas de divulgaci‘n subvencionables son:
a) Jornadas de divulgación teóricas o prácticas dirigidas a olivicultores, sobre técnicas de cultivo que mejoren la calidad de la producción obtenida y/o la conservación del medio ambiente.
b) Jornadas de divulgación teóricas o prácticas dirigidas a personal de almazaras e industrias de aderezo, sobre técnicas de elaboración que optimicen el proceso industrial, mejoren la calidad o reduzcan el impacto ambiental de los subproductos generados.
- Gastos y cuantías:
a) Gastos de personal directamente vinculado al desarrollo de las jornadas.
Podrán referirse tanto a personal docente que imparte la actividad como al personal de coordinación de la misma.
b) Gastos de funcionamiento.
Se considerarán los gastos derivados de servicios y suministros directamente relacionados con el desarrollo de la actividad, tales como material fungible, seguros de asistentes, servicios de terceros, material divulgativo, elaboración de publicaciones, visitas técnicas, etc.
Para el personal destinatario de las acciones se concederá una cantidad máxima auxiliable de 18,00 euros para manutención por persona y día.
3. Programas de demostración y transferencia de tecnología:
Las actividades a realizar tendrán como objeto dar a conocer una tecnología, mostrar el modo de usarla en distintos medios y evaluarla respecto a la tecnología alternativa tradicional.
Los tipos de acciones subvencionables son proyectos de demostración en campo, almazaras e industrias de aderezo y proyectos de transferencia de tecnología.
- Gastos y cuantías:
a) Gastos de personal investigador o docente participante en el proyecto y gastos de personal de apoyo.
Tanto para las modalidades de contratación como para las cantidades máximas auxiliables en los conceptos de manutención, desplazamiento y alojamiento.
b) Gastos de funcionamiento, tales como material fungible, servicios de terceros, analíticas específicas, organización de visitas técnicas, material divulgativo, elaboración de publicaciones, etc.
c) Instalaciones y equipos.
Documentos asociados
Boletín:
01/12/2004
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 235
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 235
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