Ayudas para la gestion de los residuos de materiales de aislamiento y de la construccion que contengan amianto, en cantidades inferiores a una tonelada y recogidas en origen, para el año 2010.

Código de ayuda:

S38155/10

Norma:

RESOLUCIÓN MAH/1825/2010, de 27 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/12/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayuda a la retirada, en origen, de cantidades inferiores a una tonelada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto, ubicados en el ámbito territorial de Cataluña.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención por el coste de la retirada de los residuos será de carácter dinerario y por un importe máximo de 800 euros por actuación subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Empresas inscritas en el registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) que justifiquen esta inscripción
en el registro de la Departamento de Trabajo de la Generalidad de Cataluña o en el registro del territorio en el que se ubican sus instalaciones principales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Retirada, en origen, de cantidades inferiores a una tonelada de residuos de materiales de aislamiento y de la construcción que contengan amianto.

Requisitos:

Esta retirada debe ajustarse a los siguientes requisitos:

a) Ser efectuada por una empresa inscrita en el registro de empresas con riesgo de amianto (RERA) que disponga de un plan de trabajo aprobado por la autoridad laboral que permita la obra objeto de petición de subvención.

b) Que el destino final del residuo sea un depósito autorizado de residuos especiales en Cataluña, y se presente la hoja de seguimiento que lo certifique.

c) Que la actuación de retirada del residuo se realice a partir de la fecha de presentación de la solicitud de subvención a la Agencia de Residuos de Cataluña y hasta la finalización del plazo de ejecución establecido en la base 3.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5647
Documento: Bases Reguladoras y Convocatoria 2010. Descargar Documento