Ayudas para la implantación de sistemas de gestión de calidad y de gestión medioambiental en el sector del transporte público de mercancías y viajeros por carretera.

Código de ayuda:

S32728/05

Norma:

ORDEN de 19 de mayo de 2005.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 11/07/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas a la elaboración de Proyectos, que deberán ser llevados a cabo en el año 2005, realizados por profesionales o consultoras externos especializadas en la materia, independientes del beneficiario, relativos a:
a) Gastos de asesoramiento externo realizados en proyectos de implantación de sistemas de gestión de calidad y de sistemas de gestión medioambiental.
b) Gastos ocasionados con motivo de la realización de auditorias de calidad así como los incurridos para obtener la certificación y/o registro de empresas ante los organismos correspondientes.

Categorías Subvención

  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas
  • Calidad
  • Medio Ambiente y Energía
  • Transporte

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Transportes y Obras Públicas (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas legalmente habilitadas que, en cualquier caso, realicen alguna de las acciones subvencionables descritas.

Requisitos:

a) Que su plantilla no supere los 250 trabajadores.
b) Que su volumen de negocio anual no supere los 50 millones de euros, o bien, que su balance general anual no rebase los 43 millones de euros.
c) Que no se halle participada directa o indirectamente en más de un 25% por otra empresa o conjuntamente por varias de ellas que no reúna alguno de los requisitos anteriormente expuestos.
d) Estar domiciliadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
e) Para las personas físicas, sociedades o cooperativas de trabajo asociado ser titulares en nombre propio de, al menos, diez autorizaciones, con una antigüedad mínima de un año, para el transporte público de mercancías para vehículos pesados o de viajeros en vehículos para más de 9 plazas (incluido el conductor). Se entenderá acreditada la antigüedad mínima de un año si
todos los socios la justifican.
f) Para las sociedades de comercialización o cooperativas de transportistas, sus socios o cooperativistas habrán de ser titulares de un mínimo de quince (15) autorizaciones del tipo señalado en el apartado e) de este artículo.
g) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.
h) No hallarse incurso en prohibición de obtención de subvenciones con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco como consecuencia de sanción firme impuesta por infracción administrativa en materia de subvenciones o ayudas públicas.
i) Cumplimiento de las obligaciones mercantiles de presentación y depósito de cuentas anuales para aquellas personas que estén obligadas.
j) No tener pendiente el pago de sanciones pecuniarias impuestas por resolución firme en vía administrativa por incumplimiento de la legislación de transporte.
k) No hallarse sancionada administrativa o penalmente por incurrir en discriminación por razón de sexo, ni sancionada con la prohibición de obtención de subvenciones y ayudas en virtud de la Ley para la Igualdad de Mujeres y Hombres.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2005
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 109
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento