Ayudas para la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad para determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola. Y modificaciones.

Código de ayuda:

S16673/06

Norma:

ORDEN APA/1726/2006, de 19 de mayo. ORDEN APA/2920/2006, de 19 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/06/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas, financiadas con fondos del Ministerio de Agricultura, Pesca, y Alimentación, destinadas a facilitar la implantación, o mejora, de sistemas de trazabilidad por las organizaciones y agrupaciones de productores y otras entidades asociativas de frutas y hortalizas, plátanos y patata, en régimen de concurrencia competitiva. Asimismo, se convocan para el ejercicio 2006 estas ayudas, para las entidades que hayan sido reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.

Las solicitudes de ayuda presentadas por las Organizaciones y Agrupaciones de Productores reconocidas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, en virtud de la Orden APA/3649/2004, de 4 de
noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras y la convocatoria 2004-2005 para la concesión de ayudas destinadas a la implantación o mejora de sistemas de trazabilidad en determinadas entidades asociativas del sector hortofrutícola, sobre los que no haya recaído una resolución expresa, serán resueltas con cargo a la convocatoria 2006, siempre que el interesado manifieste su consentimiento.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Asesorías, Auditorías y Consultorías Externas

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Las organizaciones y agrupaciones de productores de frutas y hortalizas, de plátanos y de patatas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Las actuaciones subvencionables, destinadas a la asistencia técnica para el desarrollo y puesta en funcionamiento de sistemas de trazabilidad, podrán ser:
a) Contratación de una empresa externa para el diseño, programación y puesta en marcha de las actuaciones, a desarrollar en campo, necesarias para la implementación de sistemas de trazabilidad.
b) Contratación de una consultoría externa para el diseño y puesta en marcha de sistemas de trazabilidad, incluidas las jornadas de estudio de la situación de partida, jornadas de desarrollo del proyecto de implantación de sistemas de trazabilidad, formación del personal, instalación de software y adaptación de los sistemas informáticos a las necesidades específicas de la entidad beneficiaria.

Las ayudas a que se refiere este artículo serán sufragadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y estarán sujetas a los siguientes límites:
a) El importe de las ayudas concedidas en virtud del apartado 1 a) será, como máximo, el 12 por cien del coste de las inversiones subvencionadas en virtud del artículo 5 de la presente orden.
b) El importe de las ayudas concedidas en virtud del apartado 1 b) podrá alcanzar hasta el 100 por cien del coste y será, como máximo, de 60.000 euros por beneficiario.

Las actuaciones subvencionables destinadas a la informatización o mejora de los sistemas de registro y transmisión de datos de trazabilidad podrán ser:
a) La adquisición o desarrollo de programas informáticos específicos para la implantación e informatización de sistemas de trazabilidad.
b) Adquisición e instalación de equipos de registro y transmisión automática de datos, entre otros, ordenadores de control de los sistemas de trazabilidad, impresoras de etiquetas de códigos de barras, aplicadores automáticos de etiquetas de código de barras, lectores láser de códigos de barras, sistemas de transmisión de datos por radio frecuencia.
c) Elaboración de páginas web para acceso a los datos de trazabilidad a través de Internet o instalación de sistemas de intercambio electrónico de datos que permitan la transmisión rápida y fiable de los datos de trazabilidad entre la entidad beneficiaria y otros interlocutores comerciales.
Las ayudas a que se refiere este artículo serán sufragadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación hasta un máximo del 40 por 100 del coste de la inversión subvencionable.

Las actuaciones subvencionables destinadas a la certificación de los sistemas de trazabilidad serán la contratación de empresas certificadoras, acreditadas según la norma EN-45011, con alcance hortofrutícola, no siendo subvencionables, en ningún caso, los costes de auditorías posteriores a su obtención, destinadas al control y mantenimiento de la certificación.
Las ayudas a que se refiere este artículo serán sufragadas por el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación hasta un máximo del 100 por cien del coste de la certificación y de 2.500 euros por entidad beneficiaria.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 131
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 23/09/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 228
Documento: Modificación Descargar Documento