Ayudas para la implantación y desarrollo de centros de excelencia de formación profesional.
Código de ayuda:
S48000/22Norma:
Orden EFP/717/2022, de 22 de julio. Resolución de 2 de agosto de 2023. Resolución de 3 de julio de 2024.Plazo de Solicitud:
Modalidad 1: Hasta el 26 de septiembre de 2023. Modalidad 2: Hasta el 17 de julio de 2024.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Crear la red estatal de centros de excelencia de formación profesional, establecer las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a su implantación y desarrollo, así como proceder a su convocatoria en el año 2024, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.Conceder subvenciones a los beneficiarios, en régimen de concurrencia no competitiva, para el desarrollo de planes y proyectos que contribuyan a los objetivos descritos en la presente orden.
Categorías Subvención
- Corporaciones Locales
- Educación y Ciencia
- Formación
Localización del organismo gestor
España
Convoca:
Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ( España)Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las administraciones públicas competentes en materia de Formación Profesional.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Modalidad 1. Subvención para inicio de planes de calificación e integración como centros de la red estatal de centros de excelencia de Formación Profesional, que comprenderán actividades de la fase I y de la fase II.b) Modalidad 2. Subvención de continuidad para el desarrollo y consolidación de planes iniciados y financiados con arreglo a convocatorias anteriores, que comprenderán actividades de la fase II.
Requisitos:
Para obtener la condición de beneficiario de las ayudas se requerirán los siguientes requisitos:a) Asumir la totalidad de derechos y obligaciones inherentes a tal condición, derivada de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y de su Reglamento de desarrollo, aprobado por Real Decreto 887/2006, de 21 de julio.
b) Cumplir con lo estipulado en estas bases reguladoras.
c) No incurrir en ninguno de los supuestos contemplados en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
d) No tener deudas por reintegro de ayudas o préstamos con la Administración, o estar sujeto a una orden de recuperación pendiente tras una Decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común.
Las convocatorias que se desarrollen al amparo de estas bases reguladoras podrán introducir aquellos otros requisitos de carácter complementario a los aquí establecidos que se consideren precisos para garantizar el buen fin de la subvención concedida.
Documentos asociados
Boletín:
28/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2022 Descargar Documento
Boletín:
28/07/2022
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 180
Documento: Bases y Convocatoria 2022 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
06/09/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 213
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 213
Documento: Convocatoria 2023 Descargar Documento
Boletín:
06/09/2023
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 213
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 213
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
03/07/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Convocatoria 2024: Modalidad 2 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Convocatoria 2024: Modalidad 2 Descargar Documento
Boletín:
03/07/2024
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto): Modalidad 2 Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 160
Documento: Convocatoria 2024 (Extracto): Modalidad 2 Descargar Documento