Ayudas para la incorporacion de personas socias a empresas de economia social.

Código de ayuda:

S51873/09

Norma:

ORDEN de 5 de junio de 2009.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Empleo y Asuntos Sociales, podrá otorgar, durante el ejercicio 2009, para:

a) La incorporación de personas desempleadas, que estén inscritas como desempleadas en el correspondiente Servicio Público de Empleo, a empresas con forma jurídica de Sociedad cooperativa o laboral, en calidad de personas socias trabajadoras o de trabajo de duración indefinida. Dicho requisito no será exigible a aquellas personas con discapacidad conforme al artículo 3.1.

b) La incorporación como personas socias a cooperativas agrarias, de titulares de explotaciones agrícolas,
ganaderas, forestales y mixtas.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Justicia, Empleo y Seguridad Social (País Vasco)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas desempleadas que se incorporen como socias trabajadoras a una Sociedad laboral o a una Cooperativa de trabajo asociado, o como socias de trabajo en otra clase de cooperativas, siempre que, salvo en el caso de las personas discapacitadas, no hubiesen transcurrido más de 5 años desde la fecha de
constitución de la entidad, o la transformación de la misma en entidad de economía social, y que en el momento de la incorporación a la entidad la misma cuente con un número de socios trabajadores o de trabajo, de carácter indefinido que no supere los 100. La incorporación se deberá realizar en un centro de trabajo de la Comunidad Autónoma Vasca.

Las personas titulares de explotaciones agrícolas, ganaderas, forestales o mixtas, que realizando de forma personal y directa, como medio habitual y fundamental de vida.

Requisitos:

1.– Estar inscrita como desempleada en el correspondiente Servicio Público de Empleo, con una antigüedad
mínima de tres meses.

2.– Adquirir la condición de persona socia trabajadora o de trabajo de pleno derecho con carácter indefinido, entre los días 1 de octubre de 2008 y 15 de septiembre de 2009, ambos incluidos.

Documentos asociados

Boletín: 08/07/2009
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 129
Documento: Convocatoria 2009, Bases y Anexos Descargar Documento