Ayudas para la incorporación temporal de científicos, humanistas y tecnólogos a grupos extremeños de investigación.

Código de ayuda:

S41046/05

Norma:

Orden de 29 de junio de 2005. Bases en Decreto 109/2005, de 26 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 13/08/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan ayudas para la incorporación temporal de científicos, humanistas y tecnólogos a grupos extremeños de investigación, en el marco de los Programas y las prioridades establecidas por el III PRI+D+I (2005-2008).

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Infraestructuras y Desarrollo Tecnológico (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la ayuda será:
a) De 2.000 euros brutos mensuales, sobre las que habrá de practicarse la retención correspondiente, a cuenta del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas.
Dicha cuantía será homogénea para todos los beneficiarios de esta modalidad de ayuda.
b) Seguro de accidente, y de asistencia sanitaria cuando se solicitara por no tener derecho a los beneficios del sistema estatal de Seguridad Social, extensible en este caso, a petición del interesado, al cónyuge e hijos del beneficiario que le acompañen.
c) Una ayuda única de viaje de ida y vuelta entre el lugar de residencia habitual y el Centro de incorporación, hasta un máximo de 1.000 euros, y sólo cuando se resida fuera de España, en función de la distancia del país de procedencia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los investigadores principales de los grupos de investigación de la Universidad de Extremadura o de otros Centros Públicos de Investigación de la Comunidad Autónoma, conjuntamente con el investigador invitado propuesto.

El investigador nacional o extranjero invitado deberá poseer el título de Doctor y poseer una experiencia demostrable en docencia y/o investigación en un Departamento o Instituto de Investigación y Desarrollo Tecnológico, por un mínimo de cuatro años.
A un mismo investigador invitado no se le podrá conceder estas ayudas en más de dos años consecutivos o tres alternos.

Documentos asociados

Boletín: 03/05/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/05/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 50
Documento: Anexos Descargar Documento
Boletín: 14/07/2005
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 81
Documento: Convocatoria Descargar Documento