Ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior.- Convocatoria 2025.
Código de ayuda:
S02037/23Norma:
DECRETO 141/2022, de 30 de noviembre. RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2024.Plazo de Solicitud:
Hasta el 30 de septiembre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras de las ayudas para la internacionalización de la empresa extremeña y la mejora de las condiciones de comercialización exterior destinadas a la pequeña y mediana empresa extremeña, dirigidas a fomentar su internacionalización y fortalecer sus capacidades digitales en la dirección de los mercados exteriores.- Convocatoria 2025.Categorías Subvención
- Comercio
- Cooperación empresarial
- Exportación / Internacionalización
Localización del organismo gestor
Extremadura
Convoca:
Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. (Extremadura)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Con carácter general, las ayudas consistirán en una subvención del 75% de los gastos elegibles, a excepción de las actividades de participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual, y de consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional, en las que la intensidad de ayuda será de 50% de los gastos elegibles. El importe máximo de ayuda que podrá recibir un mismo beneficiario por convocatoria no podrá exceder de 30.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Personas físicas y jurídicas que tengan la consideración de pequeña y mediana empresa y que ejerzan una económica en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.También serán beneficiarios las asociaciones empresariales, así como las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la ayuda y que ejerzan una actividad económica propia en el territorio de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Los beneficiarios deberán desarrollar en Extremadura actividades de transformación, de fabricación, de construcción, de instalación y de producción, así como de comercio al por mayor y de servicios, excluidos los de intermediación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionables los proyectos integrales de internacionalización, los planes de acción exterior o las operaciones puntuales que encuadren una o varias de las actividades siguientes:a) Participación en ferias comerciales de carácter internacional, tanto de manera presencial como virtual.
b) Misiones comerciales prospectivas o directas.
c) Misiones comerciales inversas.
d) Implantación en el exterior.
e) Registro de patentes y marcas en el exterior, así como homologaciones y certificaciones necesarias para la comercialización internacional de los productos.
f) Licitaciones internacionales.
g) Publicidad en el exterior, incluyendo campañas promocionales y publicitarias en medios digitales internacionales.
h) Presentaciones de productos, desfiles, demostraciones técnicas y talleres en vivo, así como otras acciones promocionales tanto de carácter presencial como virtual en los mercados de destino.
i) Consultoría para la internacionalización digital y posicionamiento orgánico SEO internacional.
j) Modificación, ampliación y reforma de la página web.
k) Material promocional en formato digital enfocado a mercados exteriores.
En cualquier caso, la inversión mínima subvencionable habrá de alcanzar la cantidad de 1.000 euros (IVA excluido).
Documentos asociados
Boletín:
02/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 1
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2023 y Anexos Descargar Documento
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Boletín:
02/01/2023
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 1
Documento: Convocatoria 2023 (Extracto) Descargar Documento
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Boletín:
03/10/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 193
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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03/10/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 193
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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