Ayudas para la mejora de las capacidades avanzadas de las pymes del sector del comercio al por menor y se aprueba la primera convocatoria correspondiente al ejercicio 2024-2025.

Código de ayuda:

S21382/24

Norma:

DECRETO 108/2024, de 3 de septiembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 31 de julio de 2025.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones dirigidas a las pequeñas y medianas empresas de comercio minorista, destinadas a mejorar las capacidades avanzadas mediante el apoyo a inversiones en digitalización, eficiencia energética, adecuación de locales comerciales y gastos para la contratación de servicios profesionales para le asesoramiento en marketing y punto de venta, mejora de la reputación digital y para el diseño de tienda y escaparatismo, con los límites y requisitos que se establecen en el artículo 3 de las bases reguladoras.

Categorías Subvención

  • Comercio
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Extremadura

Convoca:

Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital. (Extremadura)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas reguladas en el presente decreto consistirán en una subvención del 60% de los gastos elegibles y del 75% si el proyecto se desarrolla en localidades de menos de 5.000 habitantes, siendo el límite máximo global de ayuda por establecimiento en ambos casos de 30.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Pequeñas y medianas empresas que ejerzan una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A con carácter principal y que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Serán subvencionables las siguientes categorías de gastos:

1º. Digitalización del sector comercial. Soluciones digitales en todos los procesos de negocio de la empresa, ya sean relacionadas con la gestión empresarial o directamente con el proceso de comercialización.

2º. Inversiones tendentes a la optimización del consumo energético. También serán subvencionables los gastos de elaboración de planes de ahorro energético, con un límite máximo de gasto de 1.000 euros. En el caso de que la inversión consista en la instalación de placas solares el límite de gasto queda establecido en 6.000 euros.

3º. La adecuación de locales comerciales siempre y cuando implementen alguna de las medidas previstas en los puntos 1º y/o 2º por un importe superior a 5.000 euros.

4º. Gastos en la contratación de servicios profesionales para el asesoramiento en marketing en punto de venta, para la mejora de la reputación digital, para diseño de tienda y escaparatismo. Los proveedores deberán estar especializadas en la prestación de servicios de este tipo de consultoría y servicio. No tendrán tal consideración las asesorías generalistas, fiscales, laborales, contables, así como las gestorías. El límite de gasto para este concepto es de 1.500 euros, siempre y cuando implementen alguna de las medidas previstas en los puntos 1º y/o 2º por un importe superior a 5.000 euros.

Requisitos:

a) Que constituyan una pequeña y mediana empresa comercial que ejerza una de las actividades comerciales minoristas detalladas en el anexo A con carácter principal.
Si en el establecimiento comercial se desarrollan actividades elegibles y no elegibles, tendrá el carácter de principal la actividad que suponga un mayor porcentaje de facturación.
El solicitante indicará la actividad principal de la empresa en el apartado correspondiente de la solicitud. No obstante, el órgano gestor podrá solicitar la información adicional que considere necesaria para su verificación.

b) Que el establecimiento comercial para el que se solicita la ayuda esté ubicado dentro de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Documentos asociados

Boletín: 10/10/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 198
Documento: Bases y Convocatoria 2024 Descargar Documento
Boletín: 10/10/2024
DOE Diario Oficial de Extremadura- Nº 198
Documento: Bases y Convocatoria 2024 (Extracto) Descargar Documento